I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Organización. (BOE-A-2021-12700)
Ley 4/2021, de 29 de junio, de modificación de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180
Jueves 29 de julio de 2021
Artículo 58.
Sec. I. Pág. 91123
Publicidad de las normas.
1. Las leyes, normas con rango de ley y disposiciones reglamentarias
deberán publicarse en el "Boletín Oficial de Aragón" para que produzcan efectos
jurídicos y entrarán en vigor a los veinte días desde su completa publicación, salvo
que en ellos se establezca un plazo distinto.
2. Las leyes y normas con rango de ley deberán, además, ser publicadas en
el "Boletín Oficial del Estado".
Artículo 59. Control judicial de los reglamentos.
Los reglamentos regulados en el presente título podrán impugnarse ante la
jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio del control que pueda
corresponder al Tribunal Constitucional.»
Siete. Se modifica la letra a) del apartado 2 de la disposición adicional quinta, que
queda redactada en los siguientes términos:
«a) El Secretario o Secretaria General de la Presidencia, las secretarias y
secretarios generales técnicos, directores y directoras generales y asimilados a
ellos.»
Disposición transitoria única. Régimen transitorio del procedimiento de elaboración
de normas.
Los procedimientos de elaboración de normas que estuvieran iniciados a la entrada
en vigor de la presente ley se regirán por la legislación anterior. A estos efectos se
entenderá que los procedimientos han sido iniciados si se hubiere aprobado la
correspondiente orden de inicio de los mismos.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan,
contradigan o resulten incompatibles con lo dispuesto en la presente ley.
Disposición final primera. Modificación de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de
Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.
El apartado 5 del artículo 54 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de
la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón, queda redactado de la
siguiente manera:
«5. La elaboración de planes o programas de carácter plurianual y los
programas operativos en el marco de la utilización de los fondos europeos
incluirán con carácter general un proceso de deliberación participativa. En caso de
que resulte improcedente o imposible llevar a cabo este proceso, se motivará
adecuadamente.»
Conforme a lo dispuesto en el artículo 43 del Estatuto de Autonomía de Aragón y
artículos concordantes de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, se autoriza al Gobierno de
Aragón para que, en el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de esta ley,
apruebe un texto refundido de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del
Gobierno de Aragón y de las normas legales que la modifican. La redacción del texto
refundido responderá a las técnicas legislativas con un lenguaje igualitario, incluyente e
integrador.
cve: BOE-A-2021-12700
Verificable en https://www.boe.es
Disposición final segunda. Delegación legislativa.
Núm. 180
Jueves 29 de julio de 2021
Artículo 58.
Sec. I. Pág. 91123
Publicidad de las normas.
1. Las leyes, normas con rango de ley y disposiciones reglamentarias
deberán publicarse en el "Boletín Oficial de Aragón" para que produzcan efectos
jurídicos y entrarán en vigor a los veinte días desde su completa publicación, salvo
que en ellos se establezca un plazo distinto.
2. Las leyes y normas con rango de ley deberán, además, ser publicadas en
el "Boletín Oficial del Estado".
Artículo 59. Control judicial de los reglamentos.
Los reglamentos regulados en el presente título podrán impugnarse ante la
jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio del control que pueda
corresponder al Tribunal Constitucional.»
Siete. Se modifica la letra a) del apartado 2 de la disposición adicional quinta, que
queda redactada en los siguientes términos:
«a) El Secretario o Secretaria General de la Presidencia, las secretarias y
secretarios generales técnicos, directores y directoras generales y asimilados a
ellos.»
Disposición transitoria única. Régimen transitorio del procedimiento de elaboración
de normas.
Los procedimientos de elaboración de normas que estuvieran iniciados a la entrada
en vigor de la presente ley se regirán por la legislación anterior. A estos efectos se
entenderá que los procedimientos han sido iniciados si se hubiere aprobado la
correspondiente orden de inicio de los mismos.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan,
contradigan o resulten incompatibles con lo dispuesto en la presente ley.
Disposición final primera. Modificación de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de
Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.
El apartado 5 del artículo 54 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de
la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón, queda redactado de la
siguiente manera:
«5. La elaboración de planes o programas de carácter plurianual y los
programas operativos en el marco de la utilización de los fondos europeos
incluirán con carácter general un proceso de deliberación participativa. En caso de
que resulte improcedente o imposible llevar a cabo este proceso, se motivará
adecuadamente.»
Conforme a lo dispuesto en el artículo 43 del Estatuto de Autonomía de Aragón y
artículos concordantes de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, se autoriza al Gobierno de
Aragón para que, en el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de esta ley,
apruebe un texto refundido de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del
Gobierno de Aragón y de las normas legales que la modifican. La redacción del texto
refundido responderá a las técnicas legislativas con un lenguaje igualitario, incluyente e
integrador.
cve: BOE-A-2021-12700
Verificable en https://www.boe.es
Disposición final segunda. Delegación legislativa.