II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2021-12664)
Resolución 400/38297/2021, de 21 de julio, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos selectivos para acceso, por el sistema general de acceso libre y estabilización del empleo temporal, a la condición de personal estatutario fijo, en plazas de la categoría de Enfermero/a, Fisioterapeuta, y Terapeuta Ocupacional en la Red Hospitalaria de la Defensa.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 179
Miércoles 28 de julio de 2021
6.
Sec. II.B. Pág. 90893
Acceso de personas con discapacidad
6.1 Quienes opten a las plazas reservadas para las personas con discapacidad
deberán acreditar que cuentan con un grado de discapacidad igual o superior al 33
por 100 y habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación en el
proceso selectivo.
6.2 Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten
especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán requerir en
el formulario de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios
oportunos de las pruebas del proceso selectivo.
Con este fin, el Tribunal aplicará las adaptaciones de tiempos previstas en la
Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la
adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo
público de personas con discapacidad (BOE de 13 de junio).
Los interesados deberán formular la petición correspondiente al solicitar la
participación en la convocatoria. Igualmente, deberán aportar el Dictamen Técnico
Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad,
acreditando de forma fehaciente la/s deficiencia/s que hayan dado origen al grado de
discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la
procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
6.3 A las personas que participen por el turno de reserva de discapacidad que
superen el ejercicio con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima del
mismo, se les conservará la puntuación obtenida en la convocatoria inmediata siguiente,
siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación sean análogos,
salvo actualización normativa.
7.
Solicitudes
7.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo
oficial 790, al que se accederá, con carácter general, a través del Punto de Acceso
General (https://administracion.gob.es/PAG/ips).
7.2 Las solicitudes se presentarán por vía electrónica, sin perjuicio de lo dispuesto
en el artículo 16.4.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para las solicitudes que se
cursen desde el extranjero. La presentación de la solicitud vía electrónica se realizará
haciendo uso del servicio de Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del Punto de
Acceso General (https://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que
se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y
firma electrónica cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
El tratamiento de la información por medios electrónicos tendrá en cuenta lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, y demás disposiciones que le sean de
aplicación.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las
representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se
acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El
ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria o mediante transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una
entidad en el extranjero a la cuenta corriente código IBAN ES49-0182-2370-4102-0169-5537,
cve: BOE-A-2021-12664
Verificable en https://www.boe.es
– La inscripción en línea del modelo oficial 790.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
Núm. 179
Miércoles 28 de julio de 2021
6.
Sec. II.B. Pág. 90893
Acceso de personas con discapacidad
6.1 Quienes opten a las plazas reservadas para las personas con discapacidad
deberán acreditar que cuentan con un grado de discapacidad igual o superior al 33
por 100 y habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación en el
proceso selectivo.
6.2 Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten
especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán requerir en
el formulario de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios
oportunos de las pruebas del proceso selectivo.
Con este fin, el Tribunal aplicará las adaptaciones de tiempos previstas en la
Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la
adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo
público de personas con discapacidad (BOE de 13 de junio).
Los interesados deberán formular la petición correspondiente al solicitar la
participación en la convocatoria. Igualmente, deberán aportar el Dictamen Técnico
Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad,
acreditando de forma fehaciente la/s deficiencia/s que hayan dado origen al grado de
discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la
procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
6.3 A las personas que participen por el turno de reserva de discapacidad que
superen el ejercicio con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima del
mismo, se les conservará la puntuación obtenida en la convocatoria inmediata siguiente,
siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación sean análogos,
salvo actualización normativa.
7.
Solicitudes
7.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo
oficial 790, al que se accederá, con carácter general, a través del Punto de Acceso
General (https://administracion.gob.es/PAG/ips).
7.2 Las solicitudes se presentarán por vía electrónica, sin perjuicio de lo dispuesto
en el artículo 16.4.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para las solicitudes que se
cursen desde el extranjero. La presentación de la solicitud vía electrónica se realizará
haciendo uso del servicio de Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del Punto de
Acceso General (https://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que
se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y
firma electrónica cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
El tratamiento de la información por medios electrónicos tendrá en cuenta lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, y demás disposiciones que le sean de
aplicación.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las
representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se
acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El
ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria o mediante transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una
entidad en el extranjero a la cuenta corriente código IBAN ES49-0182-2370-4102-0169-5537,
cve: BOE-A-2021-12664
Verificable en https://www.boe.es
– La inscripción en línea del modelo oficial 790.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.