II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-12586)
Resolución de 13 de julio de 2021, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema de concurso-oposición y proceso de estabilización de empleo, a la Escala Administrativa, Subgrupo C1.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 27 de julio de 2021

Sec. II.B. Pág. 90558

7.5 Junto con la publicación de las relaciones, por cada cupo, de las personas
aspirantes que han superado la fase de oposición, el tribunal, abrirá un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de estas relaciones,
para que las personas interesadas presenten la documentación acreditativa de los
méritos y experiencia previstos en el anexo II; en el Registro General de la Universitat
Politècnica de València, sito en el edificio 3F, planta baja, junto a Rectorado, Camino de
Vera s/n, CP 46071, de Valencia; en el registro de la Escuela Politécnica Superior de
Alcoy sito en la plaza Ferrándiz y Carbonell s/n de Alcoy; en el registro de la Escuela
Politécnica Superior de Gandia sito en la calle Paranimf n.º 1, del Grao de Gandia, o en
cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Únicamente se valorarán aquellos méritos alegados y acreditados suficientemente
por las personas interesadas y cuya fecha de obtención no sea posterior a la fecha de
finalización del plazo de presentación de instancias prevista en la base 4.1.
No se valorarán aquellos méritos que no se encuentren suficientemente acreditados,
no admitiéndose la documentación presentada fuera del plazo concedido a tal efecto en
esta misma base.
7.6 Finalizado el plazo de presentación de documentación establecido en la base
anterior, el tribunal de selección publicará de conformidad con lo establecido en la
base 14.2 de esta convocatoria, la lista provisional de valoraciones de la fase de
concurso, por cada cupo, se concederá un plazo de diez días hábiles contados a partir
del día siguiente al de su publicación para que las personas interesadas formulen las
alegaciones y subsanaciones de errores que estimen pertinentes en relación a su
baremación.
7.7 Resueltas las posibles alegaciones y subsanaciones el tribunal dictará
resolución fijando la relación definitiva de personas aspirantes aprobadas por cada uno
de los cupos.
Para la confección de esta relación se sumarán las calificaciones obtenidas por cada
persona aspirante en la fase de oposición y en la fase de concurso. A continuación, se
ordenarán por orden de puntuación de mayor a menor, interrumpiéndose la relación
cuando el número de personas aspirantes coincida con el número de plazas convocadas
por cada cupo. La publicación de esta relación se efectuará de conformidad con la
base 14.2 de esta convocatoria.
Las personas aspirantes que, habiendo optado por las vacantes reservadas a cupo
de requisito de inglés, tengan una puntuación superior a la obtenida por otras personas
aspirantes del cupo general y no hubiera obtenido vacante por el cupo de requisito de
inglés, serán incluidas por su orden de puntuación en el cupo general. Solo a estos
efectos, en el supuesto de que estas personas candidatas tuvieran la acreditación del
idioma inglés comprendido en el anexo II del baremo de méritos contemplado en esta
convocatoria, se les sumará este mérito tal y como les hubiera correspondido en el
supuesto de que hubieran participado por el cupo general.
7.8 Los empates, se dirimirán en favor de las personas con diversidad funcional. Si
el empate se produce entre dichas personas, se elegirá a quien tenga acreditado un
mayor porcentaje de discapacidad.
Si persistiese dicho empate entre dichas personas o las personas empatadas no
tienen diversidad funcional, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación
obtenida en la fase de oposición en la segunda parte.
Si se mantuviese dicho empate, el mismo se resolverá atendiendo a la mayor
puntuación obtenida en la fase de oposición en la primera parte.
En el supuesto perdure dicho empate, se atenderá a la fase de concurso en lo que se
refiere al apartado de experiencia profesional. En última instancia, el orden se
establecerá por el orden de actuación contemplado en la base 8.3 de esta convocatoria.
7.9 En ningún caso el tribunal podrá declarar que han superado las pruebas
selectivas un número superior al de plazas convocadas.

cve: BOE-A-2021-12586
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Núm. 178