III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2021-12501)
Resolución de 6 de julio de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Vigo n.º 2 a inscribir un acta de adjudicación librada en procedimiento de apremio fiscal y del correspondiente mandamiento de cancelación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Lunes 26 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 89887

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
12501

Resolución de 6 de julio de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la
registradora de la propiedad de Vigo n.º 2 a inscribir un acta de adjudicación
librada en procedimiento de apremio fiscal y del correspondiente
mandamiento de cancelación.

En el recurso interpuesto por don J. L. F. G., jefe de la Unidad de Recaudación
Ejecutiva del Ayuntamiento de Vigo, contra la negativa de la registradora de la Propiedad
de Vigo número 2, doña Margarita José Alconchel Saiz-Pardo, a inscribir un acta de
adjudicación librada en procedimiento de apremio fiscal y del correspondiente
mandamiento de cancelación.
Hechos
I
En procedimiento de apremio fiscal seguido en la Unidad de Recaudación Ejecutiva
del Ayuntamiento de Vigo se expidió acta de adjudicación de la finca registral
número 81.908 del Registro de la Propiedad de Vigo número 2, librándose el oportuno
mandamiento de cancelación.
II
Presentada dicha documentación en el Registro de la Propiedad de Vigo número 2,
fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Hipotecaria y concordantes de
su Reglamento, se califica negativamente el precedente documento en base a los
siguientes hechos y fundamentos de derecho:

De dicha certificación del acta de adjudicación resulta que celebrada subasta pública
de la finca que se dirá a través del Portal de Subastas del BOE con número SUBRC-2020-362020012011, la Mesa de la Subasta del Ayuntamiento de Vigo, en sesión
celebrada en fecha 2 de diciembre de 2020, acordó la adjudicación a doña [sic] don E. G.
V., con DNI/NIF. número (…), actuando en representación de doña M. J. C. G., con
DNI/NIF. número (…), de la finca registral número 81908, parcela destinada a garajeaparcamiento para un vehículo, número diez, en el sótano (…), de Vigo, por el precio
de 20.903,10 euros. Asimismo, en dicha certificación consta: - Dentro del plazo
concedido al adjudicatario fue completado el pago del precio del remate. - Asimismo con
fecha 18 de enero de 2021, fue emitido informe de conformidad por parte de la Asesoría
Jurídica Municipal, en los términos previstos en el apartado i) del artículo 104 bis del
Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de
julio. - La presente certificación constituye un documento público de venta a todos los
efectos, solicitándose al Sr. Registrador de la Propiedad que quede extinguida la
anotación preventiva hecha en el Registro a favor de este Ayuntamiento, así como, en su
caso, las cargas anotadas con posterioridad a la que se ejecuta.
En dicho mandamiento de fecha 19 de enero de 2021 se acordó el levantamiento del
embargo trabado sobre dicha finca, haciendo constar expresamente que, una vez
aplicado el pago del remate a las deudas objeto del procedimiento administrativo de

cve: BOE-A-2021-12501
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Hechos: