III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2021-12529)
Resolución de 20 de julio de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, Banco Santander, SA, y la Fundación de la Universidad de Cantabria para el Estudio e Investigación del Sector Financiero, para el desarrollo del taller-programa "Finanzas para mortales (justicia educativa)" de intervención con internos en centros penitenciarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Lunes 26 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 90357

4. Concederá las acreditaciones de las personas físicas que lleven a cabo su
actividad dentro de los centros penitenciarios, que estarán a su vez obligadas a portarlas
en lugar visible en todo momento.
Tercera. Compromisos que asume la Fundación UCEIF.
La Fundación UCEIF se comprometen a:
1. Diseñar conjuntamente con los centros penitenciarios donde se desarrolla la
intervención, las actividades a desarrollar, la planificación, horario y coordinación de las
mismas, así como poner a disposición todos los medios necesarios para la realización de
las actividades objeto del presente convenio.
2. Efectuar el diseño, elaboración y puesta en marcha de los materiales formativos
necesarios para las actividades complementarias que se lleven a cabo.
3. El presente convenio no generará ningún tipo de vínculo contractual ni laboral
entre las partes firmantes y las personas físicas que desempeñen las actividades propias
del mismo.
Cuarta.

Compromisos que asume el Banco Santander.

1. Banco Santander se compromete a proporcionar el personal que impartan las
sesiones formativas, bajo las directrices y de los materiales facilitados por la Fundación.
2. El Banco a través de su portal del voluntariado, permite que todas las personas
que tengan formación suficiente para poder impartir estas sesiones formativas, se
inscriban en el mismo, y según su formación y su disponibilidad, accederán a dar la
formación en la materia pertinente.
3. Asumir los gastos de desplazamiento y cualesquiera otros necesarios para que
los voluntarios de Banco Santander puedan impartir las sesiones de formación.
4. Soportar los gastos de material necesario para la realización de las actividades
programadas.
Confidencialidad y protección de datos.

1. Las Partes se comprometen a mantener en secreto todos los datos e
informaciones facilitados, que sean concernientes a la ejecución del objeto del presente
convenio. En particular, será considerado como información confidencial todos los datos
relativos al penado, debiendo la Fundación mantener dicha información en reserva y
secreto y no revelarla de ninguna forma, en todo o en parte, a ninguna persona física o
jurídica que no sea parte del presente convenio.
2. Las partes se obligan al cumplimiento de lo previsto en la normativa vigente en
materia de protección de datos y, en concreto, a lo dispuesto en la Directiva (UE)
2016/680 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativa a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
por parte de las autoridades competentes para fines de prevención, investigación,
detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales,
y a la libre circulación de dichos datos y por la que se deroga la Decisión
Marco 2008/977/JAI del Consejo, y en la normativa nacional que la transponga.
A estos efectos, las entidades firmantes del convenio tendrán la consideración de
responsables de los tratamientos propios en los que se incorporen datos de carácter
personal respectivamente recabados en el ámbito de las actividades de reinserción. El
acceso a los datos por parte de una de las entidades al tratamiento de la otra parte, se
realizará con la condición de encargado de tratamiento, única y exclusivamente con la
finalidad derivada de la realización de las actividades objeto del convenio. Los datos de
carácter personal no serán cedidos ni comunicados a terceros, salvo cuando se cedan a
encargados de tratamiento legitimados o cuando se cedan a otras Administraciones
Públicas conforme a lo previsto legalmente.

cve: BOE-A-2021-12529
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.