III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2021-12533)
Resolución de 19 de julio de 2021, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Cantabria, para la utilización de los recursos humanos y materiales de las Jefaturas Provinciales de Inspección de Telecomunicaciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Lunes 26 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 90379

Sexto.
Que tanto la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales
como la Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio del
Gobierno de Cantabria son conscientes de la importancia y el beneficio que supone
aprovechar los medios humanos y técnicos ya disponibles que evitan duplicidades y
gastos innecesarios a las arcas públicas.
Séptimo.
La colaboración entre ambas instituciones se ha plasmado en la suscripción de un
convenio anterior con fecha de 14 de mayo de 2015.
Octavo.
En atención a todo cuanto se acaba de exponer, las dos partes, en el ejercicio de sus
respectivas facultades y entendiendo beneficioso para ambas la colaboración en
distintas materias de su competencia, acuerdan suscribir el presente Convenio, que se
regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente Convenio tiene por objeto el establecimiento de un marco de colaboración
entre la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales y la
Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio del Gobierno de
Cantabria para la utilización de los medios humanos y técnicos de las Jefaturas Provinciales
de Inspección de Telecomunicaciones para la realización de las tareas de control e
inspección técnica de la utilización del espectro radioeléctrico por los servicios de
comunicación audiovisual en el ámbito de las competencias del Gobierno de Cantabria.
Solicitudes de actuación.

La Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio del Gobierno
de Cantabria se compromete a que las solicitudes de actuación sean las estrictamente
necesarias para llevar a cabo los trámites derivados de sus competencias en materia de
servicios de comunicación audiovisual. Las solicitudes se referirán a la localización de
centros emisores e identificación de los parámetros técnicos (frecuencia de emisión,
sistema radiante utilizado, etc.), todo ello referido a las emisiones terrestres de
radiodifusión sonora y de televisión de cobertura autonómica o local, así como elaborar
actas e informes de las actuaciones realizadas. Cuando las solicitudes se refieran a
emisiones realizadas por empresas que no disponen de habilitación para la prestación
de servicios audiovisuales por parte de la comunidad autónoma, en la solicitud se
identificará al titular de las mismas y, en su caso, el titular del centro emisor. La
Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales también podrá
realizar actuaciones tendentes a colaborar en la identificación del responsable de las
emisiones, aportando la información de que disponga o pueda obtener sobre el mismo.
Las solicitudes serán presentadas ante la Dirección General de Telecomunicaciones y
Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual, según el modelo que figura
en el anexo a este Convenio.
Tercera. Actuaciones a realizar por la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e
Infraestructuras Digitales.
La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales atenderá
las solicitudes justificadas que hayan sido presentadas por la Consejería de Industria,

cve: BOE-A-2021-12533
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.