III. Otras disposiciones. ENTE PÚBLICO RADIOTELEVISIÓN ESPAÑOLA. Ente Público Radiotelevisión Española. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-12434)
Resolución de 19 de julio de 2021, del Ente Público Radiotelevisión Española en Liquidación, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2020 y el informe de auditoría.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 24 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 89251

c) Ubicación y domicilio social.
Su domicilio social se encuentra ubicado en Madrid, Paseo de la Habana,
número 75.
El centro donde radicaba la actividad principal está situado en el Edificio Prado
del Rey, Avda. Radio Televisión 4, Prado del Rey, 28223 Pozuelo de Alarcón –
Madrid.
d) Cambios producidos por la entrada en vigor de la Ley 17/2006, de 5 de
junio de la Radio y la Televisión de Titularidad Estatal.
i) Modificación de la estructura legal y económico-financiera que soporta la
prestación del servicio público de radiodifusión y televisión.
La Ley 17/2006 creó la Corporación de Radio y Televisión Española, S.A.
(en adelante Corporación RTVE) y sus filiales, la Sociedad Mercantil Estatal
Televisión Española, S.A. (en adelante SME TVE) y la Sociedad Mercantil
Estatal Radio Nacional de España, S.A. (en adelante, SME RNE),
atribuyendo a estas sociedades la gestión directa de los servicios públicos
de radiodifusión y televisión de titularidad estatal. Estas nuevas entidades,
por imperativo legal (artículo 3 de la Ley 17/2006), sucedieron al Ente
Público RTVE y sus sociedades filiales en la realización de tales actividades
de servicio público.
Con objeto de preservar la continuidad del servicio público estatal de
radiodifusión y televisión, la ley regulaba un régimen transitorio hasta la
disolución de RTVE, TVE, S.A. y RNE, S.A. y la entrada en funcionamiento
de la Corporación RTVE y de sus sociedades filiales prestadoras del servicio
público de radio y televisión, SME TVE y SME RNE.
De acuerdo con lo previsto en la mencionada Ley, la SME TVE y la SME
RNE iniciaron su actividad ordinaria, establecida en sus respectivos objetos
sociales, el día 1 de enero de 2007, día siguiente del otorgamiento de la
Escritura de aportación, por parte del Ente Público RTVE, RNE, S.A. y TVE,
S.A., de los activos y pasivos que fueron transferidos a la Corporación RTVE
y sus sociedades filiales SME TVE y SME RNE. De esta forma, la
Corporación RTVE y sus sociedades filiales SME TVE y SME RNE, han
quedado subrogadas, respectivamente, en la misma posición jurídica que
ostentaban las entidades cedentes respecto de los bienes, derechos y
obligaciones que les fueron objeto de cesión a cada una de ellas, incluyendo
las relaciones jurídicas, derechos y obligaciones de naturaleza laboral,
convencional o extraconvencional y de Seguridad Social de los trabajadores
que se han incorporado a las mencionadas nuevas entidades, lo cual supone
la transmisión en bloque de los respectivos patrimonios sociales a estas
sociedades que han adquirido por sucesión universal los derechos y
obligaciones de aquellas.
Finalmente, el 22 de diciembre de 2006, el Consejo de Ministros adoptó un
acuerdo por el que, teniendo en cuenta las previsiones de la Ley 17/2006, de
5 de junio, y como paso previo a la aportación de activos y pasivos del Ente
Público RTVE y de sus sociedades filiales TVE, S.A. y RNE, S.A. a la
Corporación RTVE, se autorizó la transmisión de activos y pasivos por parte
de estas dos sociedades filiales a RTVE, acuerdo que finalmente se
instrumentó mediante escritura pública de cesión de activos y pasivos de
fecha 29 de diciembre de 2006.

cve: BOE-A-2021-12434
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Núm. 176