II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2021-12346)
Resolución de 16 de julio de 2021, de la Secretaría General de Función Pública, por la que se convocan pruebas selectivas para acceso a la subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175

Viernes 23 de julio de 2021

2.

Sec. II.B. Pág. 88403

Prueba de aptitud

La prueba de aptitud consistirá en resolver por escrito, en el plazo máximo de cuatro
horas, un supuesto práctico que el Tribunal calificador determine y que estará relacionado
con temas de:
– Presupuesto. El presupuesto y sus modificaciones. Gestión presupuestaria. Ejecución
y liquidación del presupuesto. Reglas fiscales de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de
Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Morosidad y periodo medio de pago.
– Fiscalización de actos administrativos relativos a las diversas materias
relacionadas con la gestión y ejecución del presupuesto.
– Contabilidad: Contabilidad financiera. Contabilidad analítica y de gestión.
Contabilidad pública local. Contabilidad privada.
– Haciendas Locales, Tesorería y recaudación. Operaciones de crédito. Principio de
prudencia financiera. Gestión tributaria, recaudación e inspección tributaria. Gestión de la
tesorería y de los ingresos.
Podrán consultarse textos legales y utilizar máquinas de calcular estándar y
científicas, pero que no sean programables, ni financieras.
Este ejercicio será corregido directamente por el Tribunal, conforme a lo indicado en
la base 5.7.
Para la resolución de la prueba de aptitud, el opositor solo podrá aplicar normativa
estatal, sin que pueda aplicar normativa autonómica. La normativa aplicable a la
resolución de este ejercicio será la vigente al tiempo de realización del mismo.
I.2

Calificación de la prueba de aptitud y valoración de los méritos
1.

Concurso de méritos

La valoración de los méritos generales de los solicitantes se acreditará mediante
baremo de méritos expedido por la Dirección General de la Función Pública, del
Ministerio de Hacienda y Función Pública, según solicitud que se tramitará de oficio por
el Instituto Nacional de Administración Pública.
En caso de empate en la puntuación total, se acudirá para dirimirlo a la otorgada a
cada uno de los méritos generales señalados en el artículo 1 de la Orden del Ministerio
para las Administraciones Públicas, de 10 de agosto de 1994 por la que se dictan
normas sobre concursos de provisión de puestos reservados a funcionarios de
administración local con habilitación de carácter nacional, por el orden de prelación
establecido según su orden de enumeración en dicho artículo.
De persistir el empate se acudirá a la fecha de ingreso como funcionario de carrera
en la subescala de Intervención-Tesorería, categoría de entrada y, de mantenerse, al
número obtenido en ese proceso selectivo.
Prueba de aptitud

El supuesto práctico se calificará de cero a diez puntos, y será necesario para
superar la prueba de aptitud obtener un mínimo de cinco puntos y resultar incluido dentro
del número de aspirantes que, por orden de puntuación, obtenida de mayor a menor,
coincida con el número de plazas asignadas a este sistema.
En el caso de que se propusieran varios problemas prácticos dentro de un mismo
supuesto practico, se indicará en el ejercicio entregado al opositor la puntuación de cada
uno de ellos.
La calificación de este ejercicio se realizará con tres decimales.
En su calificación se valorará fundamentalmente la precisión y el rigor técnico en el
planteamiento, exposición y resolución del supuesto práctico planteado.

cve: BOE-A-2021-12346
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