II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2021-12346)
Resolución de 16 de julio de 2021, de la Secretaría General de Función Pública, por la que se convocan pruebas selectivas para acceso a la subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175

Viernes 23 de julio de 2021

Sec. II.B. Pág. 88402

14.4 El Tribunal calificador no podrá aprobar ni declarar que han superado la
prueba de aptitud o el concurso de méritos un número superior de aspirantes al de
plazas asignadas para cada uno de los sistemas expresados.
14.5 Los actos que pongan fin a los procedimientos selectivos deberán ser
motivados. La motivación de los actos del Tribunal, dictados en virtud de discrecionalidad
técnica en el desarrollo de su cometido de valoración, estará referida al cumplimiento de
las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
15.

Nombramiento de funcionarios de carrera

Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubiesen superado a través de
la prueba de aptitud o el concurso de méritos, cuyo número no podrá exceder en ningún
caso al de las plazas convocadas, serán nombrados por la autoridad convocante,
funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, subescala de
Intervención-Tesorería, categoría superior.
Los nombramientos deberán publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».
16.

Norma final

Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, un
recurso de reposición ante la Ministra de Hacienda y Función Pública en el plazo de un
mes, contado desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», o
bien, un recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contado desde el
día siguiente al de su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo ContenciosoAdministrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En
el caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer el recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación por silencio administrativo.
Madrid, 16 de julio de 2021.–El Secretario General de Función Pública, Javier Rueda
Vázquez.
ANEXO I
I.1 Descripción del proceso selectivo
La selección de los aspirantes se realizará a través de concurso de méritos o prueba
de aptitud.
Concurso de méritos

El acceso a las plazas reservadas al sistema de concurso de méritos será automático
para los solicitantes que tengan mayor puntuación en la valoración de méritos generales
que se encuentren reconocidos por la Dirección General de la Función Pública, de
conformidad con lo establecido en la Orden de 10 de agosto de 1994 por la que se dictan
normas sobre concursos de provisión de puestos reservados a funcionarios de
administración Local con habilitación de carácter nacional, a la fecha de publicación de la
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2021-12346
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