III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CONSUMO. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2021-12391)
Resolución de 15 de julio de 2021, de la Dirección General de Consumo, por la que se publica el Convenio con la Agencia Catalana del Consumo y el Ayuntamiento de Vilafranca del Penedès, para la constitución de la Junta Arbitral de Consumo del Ayuntamiento de Vilafranca del Penedès.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
5 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175

Viernes 23 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 88960

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CONSUMO
12391

Resolución de 15 de julio de 2021, de la Dirección General de Consumo, por
la que se publica el Convenio con la Agencia Catalana del Consumo y el
Ayuntamiento de Vilafranca del Penedès, para la constitución de la Junta
Arbitral de Consumo del Ayuntamiento de Vilafranca del Penedès.

Suscrito entre el Ministerio de Consumo, la Agencia Catalana del Consumo de la
Generalitat de Cataluña y el Ayuntamiento de Vilafranca del Penedès, en fecha 14 de
julio de 2021, Convenio para la constitución de la Junta Arbitral de Consumo del
Ayuntamiento de Vilafranca del Penedès, que figura como anexo a esta resolución,
procede su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo previsto
en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
Madrid, 15 de julio de 2021.–La Directora General de Consumo, Bibiana Medialdea
García.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Consumo, la Agencia Catalana del Consumo de la
Generalitat de Cataluña y el Ayuntamiento de Vilafranca del Penedès, para la
constitución de la Junta Arbitral de Consumo del Ayuntamiento de Vilafranca del
Penedès

De una parte, doña Bibiana Medialdea García, Directora General de Consumo, de
acuerdo con el nombramiento efectuado por Real Decreto 224/2020, de 29 de enero, por
delegación de competencias del Ministro de Consumo, efectuada mediante Orden
CSM/940/2020, de 6 de octubre, sobre fijación de límites para la administración de
créditos para gastos y de delegación de competencias.
De otra parte, don Francesc Sutrias i Grau, Director de la Agencia Catalana del
Consumo de la Generalitat de Cataluña, por nombramiento efectuado por el Gobierno de
la Generalitat de Cataluña, mediante Decreto 103/2021, de 1 de junio, y en virtud de lo
dispuesto en la Ley 9/2004, de 24 de diciembre, de creación de la Agencia Catalana del
Consumo. La suscripción de este Convenio se ha autorizado por acuerdo del Gobierno,
de conformidad con el artículo 26.k) de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la
Presidencia de la Generalitat y del Gobierno, en relación con el artículo 175.1 del
Estatuto de Cataluña.
Y de otra, don Pere Regull i Riba, Alcalde de Vilafranca del Penedès, por
nombramiento del pleno municipal celebrado el día 15 de junio de 2019, de conformidad
con el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local. La firma de este convenio ha sido autorizada por acuerdo de la Junta de
Gobierno Local del Ayuntamiento de Vilafranca del Penedès de fecha 10 de mayo
de 2021, según propuesta de acuerdo formulada en el expediente 41/2021/1376-EGConvenis i acords de consum.
Actuando, respectivamente, en nombre y representación del Ministerio de Consumo,
de la Comunidad Autónoma de Cataluña y del Ayuntamiento de Vilafranca del Penedès.

cve: BOE-A-2021-12391
Verificable en https://www.boe.es

REUNIDOS