III. Otras disposiciones. AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS. Premios. (BOE-A-2021-12395)
Resolución de 14 de julio de 2021, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Premio a la Proactividad y Buenas Prácticas en el Cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175

Viernes 23 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 88979

– Tipos de documentos permitidos: pptx, jpg, txt, xml, xsig, xlsx, odg, ods, pdf, odp,
png, svg, tiff, mp3, mp4, docx y rtf.
– Tamaño máximo permitido para un documento: 5 MB. Si supera el tamaño máximo
de fichero, habría que fraccionarlo.
– El máximo de ficheros a adjuntar en un mismo envío es 4. El tamaño total de los
documentos adjuntados no puede ser superior a 15 MB. Si son varios ficheros y excede
el número de ficheros (4), habría que hacer un primer envío con los 4 primeros, y
sucesivos envíos adjuntando más ficheros con la opción de «Ampliación de
documentación de registro de entrada», donde se debe indicar el número de registro
sobre el que se añaden los nuevos documentos.
Séptima. Subsanación.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si la solicitud
de iniciación no reúne los requisitos que señala el artículo 66, y, en su caso, los que
señala el artículo 67 u otros exigidos por la legislación específica aplicable, se requerirá
al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los
documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por
desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos
previstos en el artículo 21 de la citada Ley 39/2015.
Octava. Criterios de valoración.
Los proyectos presentados en ambas modalidades se valorarán atendiendo a los
siguientes criterios, siendo la puntuación máxima posible 100 puntos:
– Grado de adecuación del proyecto al objeto del premio, primando la proactividad y
las buenas prácticas en el cumplimiento del RGPD y la LOPDGDD (puntuación hasta un
máximo de 30 puntos).
– Innovación del proyecto y contribución a la creación de una cultura de protección
de datos en las empresas privadas y entidades que conforman el sector público, así
como una utilización responsable de la información de carácter personal conforme al
RGPD y a la LOPDGDD (puntuación hasta un máximo de 30 puntos).
– Grado de riesgo y complejidad de los tratamientos de datos personales y de las
garantías encaminadas a salvaguardar los derechos y libertades de las personas (hasta
un máximo de 20 puntos).
– Grado de cumplimiento de los proyectos a valorar en las empresas privadas y
entidades del sector público (puntuación hasta un máximo de 20 puntos).
La valoración final resultará de la suma de las correspondientes notas parciales.

La instrucción del procedimiento de concesión del Premio a la Proactividad y Buenas
Prácticas en el Cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos y la Ley
Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales
corresponde a la Secretaría General de la AEPD, que comprobará el cumplimiento de los
requisitos y elevará la documentación al jurado para su valoración. Por tratarse de un
premio, dada su naturaleza, se prescindirá del trámite de audiencia, conforme autoriza el
art. 82.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Décima. Jurado.
Su función será la de valorar, conforme a los criterios establecidos en la base octava
de la convocatoria, las solicitudes presentadas al premio. Realizada la valoración, el

cve: BOE-A-2021-12395
Verificable en https://www.boe.es

Novena. Órgano instructor.