III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2021-12379)
Orden ICT/789/2021, de 16 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a planes de innovación y sostenibilidad en el ámbito de la industria manufacturera.
35 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 23 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 88837

Resulta por tanto necesario aprobar unas bases reguladoras, que sirvan para
impulsar planes de sostenibilidad e innovación en el sector industrial, en el contexto de
salida de la crisis sanitaria derivada del COVID-19, alineados con los objetivos de
reactivación de la economía general y el sector industrial en particular, y de la resiliencia
del sector productivo nacional.
Además, el impulso deberá ser coherente con el marco de la Unión Europea,
apuntando a una recuperación en clave ecológica, alineada con el Pacto Verde Europeo,
sobre la base de la neutralidad climática y la economía circular y sostenible, que abre
oportunidades en términos de modernización de la economía, atracción de inversiones,
de una nueva reindustrialización y de generación de empleo de calidad.
Y para ello, resulta fundamental el apoyo gubernamental a proyectos que promuevan
esta transformación, complementando así los esfuerzos empresariales en este ámbito de
manera que las empresas puedan asumir los riesgos inherentes a las actividades
destinadas a conseguir su evolución a la economía digital.
Adicionalmente, este programa podría ser cofinanciado con fondos europeos del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) remitido por el Gobierno a
la Comisión Europea el pasado 30 de abril.
El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno traza la hoja de
ruta para la modernización de la economía española, la recuperación del crecimiento
económico y la creación de empleo, para la reconstrucción económica sólida, inclusiva y
resiliente tras la crisis de la COVID, y para responder a los retos de la próxima década.
Este Plan recibirá la financiación de los fondos Next Generation EU, provenientes del
Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia y de la Ayuda a la Recuperación para
la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-EU). Específicamente, en el caso de que
se produjera la cofinanciación de esta línea de ayudas, se prevé que se incardinaría en
el marco del componente 12, inversión 2, del PRTR finalmente aprobado.
La ayuda que regula esta orden se estructura en una línea de investigación,
desarrollo e innovación y otra línea de innovación en sostenibilidad y eficiencia
energética, cuyos apoyos pueden ser concedidos en forma de préstamos, o de una
combinación de subvenciones y préstamos. Los préstamos con varios años de carencia,
revisten particular relevancia en el caso de los proyectos innovadores que se
desarrollarán bajo el paraguas de este programa, ya que darán sus resultados
productivos a tiempo de atender las correspondientes amortizaciones.
La orden se estructura en treinta y tres artículos distribuidos en dos capítulos, dos
disposiciones adicionales, una disposición derogatoria, tres disposiciones finales y cuatro
anexos. En el primer capítulo figuran las disposiciones de carácter general, que se refieren
a aspectos como los objetivos generales, los tipos de actuaciones financiables, los
beneficiarios, las características de la ayuda y sus límites; el segundo regula el
procedimiento de gestión: órganos convocantes, forma de realizar la solicitud, proceso de
evaluación, tramitación y pago, justificación y comprobación de la realización de las
actuaciones, criterios de graduación de los posibles incumplimientos y la refinanciación de
los préstamos. En los anexos se especifican las actividades incluidas en el ámbito de esta
orden, las definiciones a efectos de aplicación de esta orden, los criterios de evaluación de
las solicitudes y la metodología para la calificación financiera de la empresa.
Las bases de las ayudas reguladas en esta orden se dictan al amparo del
artículo 149.1. 15.ª de la Constitución.
La gestión de estas ayudas se realizará por el Ministerio de Industria, Comercio y
Turismo, dado que cuenta con competencias exclusivas del Estado en materia de
fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica, siguiendo la
doctrina sentada por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en relación al alcance
material y funcional de la competencia que el artículo 149.1. 15.ª de la Constitución
reserva al Estado.
El Tribunal Constitucional ha declarado que «resulta conforme a la Constitución que
el Estado regule, al amparo del citado artículo 149.1.15.ª CE, las condiciones de
otorgamiento de subvenciones en definitiva correctamente ordenadas al fomento de la

cve: BOE-A-2021-12379
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 175