III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Encomienda de gestión. (BOE-A-2021-12311)
Resolución de 9 de julio de 2021, de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, por la que se encarga al Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, O.A., M.P., durante el año 2021, la gestión del servicio de la Seguridad Social denominado "Prevención10.es".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174

Jueves 22 de julio de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
12311

Resolución de 9 de julio de 2021, de la Dirección General de Ordenación de
la Seguridad Social, por la que se encarga al Instituto Nacional de Seguridad
y Salud en el Trabajo, O.A., M.P., durante el año 2021, la gestión del servicio
de la Seguridad Social denominado «Prevención10.es».

a) Facilitar que la persona que emplea o que trabaja por su cuenta tenga un
instrumento público que le permita un mejor cumplimiento de sus obligaciones en
materia de información.
b) Ayudar a las pequeñas empresas y a los trabajadores autónomos al mejor
cumplimiento de sus obligaciones en el ámbito de la prevención, reduciendo sus costes y
simplificando su forma de cumplimiento.
c) Facilitar a las empresas que lo requieran la asunción de la actividad preventiva en
los casos permitidos por la ley o, en su caso, la presencia de trabajadores designados.
En el ámbito de competencias de la Seguridad Social, como en años anteriores, se
mantiene el interés en continuar dispensando a las empresas y a los trabajadores
autónomos mencionados el referido servicio, al objeto de facilitarles el desarrollo de las

cve: BOE-A-2021-12311
Verificable en https://www.boe.es

La Orden TAS/3623/2006, de 28 de noviembre, por la que se regulan las actividades
preventivas en el ámbito de la Seguridad Social y la financiación de la Fundación para la
Prevención de Riesgos Laborales, establece que la Secretaría de Estado de la Seguridad
Social y Pensiones podrá encargar al Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el
Trabajo, O. A., M. P., en su condición de organismo científico y técnico especializado de la
Administración General del Estado y centro de referencia nacional en materia de seguridad y
salud en el trabajo, a través de los instrumentos jurídicos que en cada caso procedan, el
desarrollo de programas y actividades preventivas comprendidos en la acción protectora de la
Seguridad Social, enmarcándose esos encargos en el ámbito de la dispensa de servicios
relacionados con la prevención y el control de las contingencias profesionales previstos en el
artículo 97 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, cuya financiación se efectuará con cargo al
Fondo de Contingencias Profesionales contemplado en el mismo artículo.
En relación con estos encargos en el párrafo b) del dispositivo decimosexto de la
Orden ISM/419/2021, de 26 de abril, por la que se fijan los límites para administrar los
créditos de gastos y se delegan y aprueban las delegaciones del ejercicio de
competencias en el ámbito del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la
persona titular de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones delega en
la persona titular de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social la
competencia para la formalización de encargos a medios propios personificados a que
se refiere el artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, en materia de prevención de riesgos laborales, con cargo al mencionado fondo.
El servicio denominado «Prevencion10.es», de titularidad de la Seguridad Social y
desarrollado y puesto en marcha en años anteriores, consiste en unas herramientas de
ayuda destinadas a las empresas de hasta veinticinco trabajadores para que asuman la
prevención con medios propios, de acuerdo con lo establecido legalmente, así como a
los trabajadores autónomos sin empleados a su cargo.
El servicio que se viene dispensando a través de esta herramienta tiene como
objetivos fundamentales los siguientes: