III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2021-12295)
Resolución de 24 de junio de 2021, de la Autoridad Portuaria de Melilla, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Granada, para la realización de prácticas externas de grado y máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174

Jueves 22 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 88149

La Autoridad Portuaria de Melilla, en las prácticas extracurriculares, abonará
mensualmente al estudiante la cantidad de 450 euros/mes, en concepto de bolsa o
ayuda al estudio, por un plazo máximo de 6 meses.
De la realización de las prácticas extracurriculares no se derivarán obligaciones
propias de una relación laboral, ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la
prestación laboral propia de puestos de trabajo, ni constituirán ni mérito ni derecho para
el acceso a la función pública, ni serán computadas a efectos de antigüedad o
reconocimiento de servicios previos.
Octava. Seguro médico.
Cualquier eventualidad de enfermedad o accidente que el/la alumno/a pudiere sufrir
durante el tiempo de la práctica, será cubierta por el correspondiente seguro del/la
propio/a alumno/a, Seguro Escolar, póliza complementaria que haya Suscrito la
Universidad de Granada o seguro privado, quedando el organismo portuario libre de
cualquier tipo de responsabilidad.
En cuanto al seguro de responsabilidad civil y de accidentes, todos los estudiantes
de la Universidad de Granada que estén matriculados en alguna de sus enseñanzas,
oficiales o propias, están cubiertos por un seguro de responsabilidad civil. Cualquier
eventualidad que pudiera producirse relacionada con los alumnos durante la realización
de las actividades objeto del presente Convenio será cubierta por el Seguro Escolar y
por una Póliza de Responsabilidad Civil, estándose a lo dispuesto en la disposición
adicional quinta del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización
de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de
empleo, en todo aquello que resulte de aplicación.
EI Seguro Escolar cubre a los menores de 28 años, matriculados en enseñanzas
oficiales de los respectivos centros de la Universidad de Granada y al corriente de la
cuota correspondiente. El ámbito temporal de cobertura es el año escolar. El marco de
aplicación es el territorio nacional, de acuerdo con el principio de territorialidad recogido
en la Ley General de la Seguridad Social.
Novena.

Duración.

El período de prácticas del alumnado se especificará en cada uno de los anejos.
El organismo portuario facilitará, en todo caso, que el/la alumno/a pueda comparecer
a los exámenes oficiales convocados por la Universidad.
Se determina la concesión de un período de vacaciones de dos días hábiles por cada
mes trabajado, siendo necesaria la autorización previa del/la tutor/a. Queda a criterio
del/la tutor/a conceder permisos excepcionales por razones sobrevenidas de carácter
personal del/la estudiante en prácticas.
El organismo portuario facilitará al/la alumno/a, una vez finalizadas las prácticas, un
informe en el que se detalle una relación de las actividades desarrolladas, la duración
de las mismas y un comentario sobre el rendimiento del/la alumno/la, con el fin de
complementar su Proyecto Formativo y, en su caso, de orientarle profesionalmente o
motivarle.
Evaluación.

La Universidad de Granada establecerá los sistemas de evaluación de las prácticas
de colaboración y de los/las alumnos/as que en ellas participen. Una vez obtenidos los
resultados los comunicará al organismo portuario para su conocimiento.
En cualquier caso, el/la estudiante, cuando el organismo portuario se lo solicite,
deberá rellenar los correspondientes formularios de evaluación y/o satisfacción.

cve: BOE-A-2021-12295
Verificable en https://www.boe.es

Décima.