III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Marina mercante. Títulos profesionales. (BOE-A-2021-12304)
Resolución de 2 de julio de 2021, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se establece el temario y la fecha de la segunda convocatoria del examen para la obtención del certificado de especialidad de patrón profesional de embarcaciones de recreo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 22 de julio de 2021

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ANEXO II
Temario de la prueba de conocimiento
1. Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre. Disposiciones
generales: Marina Mercante, Objetivos, Zonas y tipos de navegación. Flota civil y
plataformas. Empresas navieras (Título preliminar: Capítulo III). Medidas que garantizan
la actividad portuaria y la navegación (Libro III: Título III). Régimen sancionador en el
ámbito de la Marina Mercante: Infracciones. Sanciones y otras medidas (Libro tercero:
Título IV).
2. Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima. Disposiciones generales
(Título Preliminar). Ordenación administrativa de la navegación (Título I): Ámbito de
aplicación de las normas de policía (Capítulo I). Régimen de estancia en aguas interiores
marítimas y en puerto (Capítulo II). Régimen general de la navegación marítima
(Capítulo III). Buques, embarcaciones y artefactos navales (Título II: Capítulo I). Dotación
(Título III: Capítulo III).
3. La Administración marítima (1): Administración central (Texto Refundido de la
Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante: Libro segundo: Título II: Capítulo I).
Funciones y estructura de la Dirección General de la Marina Mercante: Real
Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
4. La Administración marítima (2): Administración periférica (Texto Refundido de la
Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante: Libro segundo: Título II: Capítulo II).
Real Decreto 638/2007, de 18 de mayo, por el que se regulan las Capitanías Marítimas y
los Distritos Marítimos: Disposiciones generales: Objeto. Coordinación con otros
organismos y entidades (Capítulo I). Funciones de los Capitanes Marítimos y de los
Jefes de Distrito (Capítulo II).
5. El Reglamento sobre el Despacho de Buques aprobado por la Orden de 18 de
enero de 2000.
6. Real Decreto 210/2004, de 6 de febrero, por el que se establece un sistema de
seguimiento y de información sobre el tráfico marítimo: Disposiciones generales
(Capítulo I). Notificación y seguimiento de los buques (Capítulo II). Seguimiento de los
buques peligrosos e intervención en caso de problemas y accidentes en el mar (Capítulo
IV). Reglamento de inspección y certificación de buques civiles, aprobado por el Real
Decreto 1837/2000, de 10 de noviembre: Obligaciones de operadores, empresas
operadoras, capitanes y patrones de los buques (Título II: Capítulo I: Artículo 14).
7. Real Decreto 62/2008, de 25 de enero, por el que se aprueba el reglamento de
las condiciones de seguridad marítima, de la navegación y de la vida humana en la mar,
aplicables a las concentraciones náuticas de carácter conmemorativo y pruebas náuticodeportivas.
8. Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, por el que se regula el
abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en las listas sexta y
séptima del registro de matrícula de buques. Real Decreto 685/2010, de 20 de mayo, por
el que se regula el otorgamiento de permiso temporal de navegación para determinadas
embarcaciones de recreo.
9. Real Decreto 607/1999, de 16 de abril, por el que se regula el Reglamento del
seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria para embarcaciones de recreo
o deportivas.
10. Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones
náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo: Disposiciones generales
(Capítulo I). De las actividades de formación (Capítulo VI). Régimen de inspecciones,
infracciones y sanciones (Capítulo VII). Disposiciones adicionales. Real
Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de
la marina mercante: Límite de alcohol en sangre (Artículo 44).

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Núm. 174