III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Marina mercante. Títulos profesionales. (BOE-A-2021-12304)
Resolución de 2 de julio de 2021, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se establece el temario y la fecha de la segunda convocatoria del examen para la obtención del certificado de especialidad de patrón profesional de embarcaciones de recreo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174

Jueves 22 de julio de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
12304

Resolución de 2 de julio de 2021, de la Dirección General de la Marina
Mercante, por la que se establece el temario y la fecha de la segunda
convocatoria del examen para la obtención del certificado de especialidad de
patrón profesional de embarcaciones de recreo.

La disposición adicional quinta del Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que
se regulan las titulaciones profesionales de la Marina Mercante crea el certificado de
especialidad de patrón profesional de embarcaciones de recreo, que será emitido por la
Dirección General de la Marina Mercante, directamente o a través de sus servicios
periféricos, a las personas que cumplan los requisitos que se indican en la citada
disposición, precisándose, según su caso, la superación de una prueba de conocimiento.
En ese sentido, la Resolución de 15 de enero de 2021, de la Dirección General de la
Marina Mercante, por la que se establece el temario y la fecha de la primera
convocatoria del examen para la obtención del certificado de especialidad de patrón
profesional de embarcaciones de recreo, dispone las bases de dicha convocatoria,
especificando en su anexo III que la segunda convocatoria correspondiente al segundo
semestre de 2021 saldrá publicada mediante resolución.
Como novedad, la inscripción en la convocatoria puede realizarse de forma «on-line»
mediante la aplicación matriculación exprés, a la cual se accede desde la sede
electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en el enlace:
https://sede.mitma.gob.es/SEDE_ELECTRONICA/LANG_CASTELLANO/
OFICINAS_SECTORIALES/MARINA_MERCANTE/SERVICIOS_ESPECIALES/
MATRICULACION_EXPRES/default.htm

Establecer el temario sobre cuyo contenido versará la realización de dicha prueba, y
fijar la fecha de celebración de la misma, de acuerdo con lo establecido en los anexos
que acompañan a esta Resolución que sustituyen a los anexos II, III y IV de la
Resolución de 15 de enero de 2021, de la Dirección General de la Marina Mercante,
(BOE Núm.32, de 6 de febrero de 2021), conforme al dispositivo décimo de la misma.
Madrid, 2 de julio de 2021.–El Director General de la Marina Mercante, Benito Núñez
Quintanilla.

cve: BOE-A-2021-12304
Verificable en https://www.boe.es

Para beneficiarse de este sistema no es necesario disponer de DNI electrónico o
certificado digital, permitiendo a los interesados la inscripción en la convocatoria del
examen sin tener que desplazarse a ningún registro de la Administración General del
Estado.
Asimismo, la inscripción puede realizarse mediante la presentación en el Registro
General de la Dirección General de la Marina Mercante, capitanías marítimas,
subdelegaciones del Gobierno o en las oficinas a que se refiere el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, del modelo de impreso que figura en el Anexo I de la
Resolución de 15 de enero de 2021.
Conforme a la disposición final tercera del Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, se
faculta al Director General de la Marina Mercante a dictar las resoluciones que puedan
resultar necesarias para la ejecución y cumplimiento del mismo.
En su virtud, resuelvo: