III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2021-12229)
Resolución de 30 de junio de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Barcelona n.º 14, por la que se suspende la inscripción de un acta de fin de obra.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 173

Miércoles 21 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 87345

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
12229

Resolución de 30 de junio de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Barcelona n.º 14, por la que se
suspende la inscripción de un acta de fin de obra.

En el recurso interpuesto don M. C. M., en nombre y representación de la mercantil
Green Clover Capital, SL, contra la nota de calificación de la registradora de la Propiedad
de Barcelona número 14, doña Raquel Serrabassa Ferrer, por la que se suspende la
inscripción de un acta de fin de obra.
Hechos
I
El día 2 de agosto de 2019, con el número 1.844 de protocolo, se autorizó, por el
notario de Barcelona, don Jesús Julián Fuentes Martínez, acta de terminación de obra.
El día 11 de mayo de 2020, con el número 686 de protocolo, se otorgó ante el mismo
notario una escritura aclaración y subsanación de la escritura anterior. El día 13 de mayo
de 2020, con el número 289 de protocolo, se otorgó, ante la notaria de Navalmoral de la
Mata, doña Lucía Fe Andrino Díaz, escritura de ratificación. El día 14 de octubre
de 2020, con el número 1.686 de protocolo, se otorgó, ante el notario de Barcelona, don
Jesús Julián Fuentes Martínez, una escritura de aclaración y subsanación de escritura
de final de obra y modificación de obra declarada. El día 1 de diciembre de 2020, con el
número 2.114 de protocolo, se otorgó, ante el referido notario de Barcelona, otra
escritura de aclaración y subsanación de escritura de fina de obra y modificación de obra
declarada. Y el día 10 de febrero de 2021, con el número 251 de protocolo, se otorgó,
ante el mismo notario de Barcelona, acta de aclaración y subsanación de escritura de
final de obra y modificación de obra declarada.
II
Presentada la referida documentación en el Registro de la Propiedad de Barcelona
número 14, fue objeto de la siguiente nota de calificación:

Hechos:
Presentadas: a) acta de terminación de obra autorizada el día dos de agosto de dos
mil diecinueve, por el notario de Barcelona Don Jesús Julián Fuentes Martínez, número
mil ochocientos cuarenta y cuatro de su protocolo; b) escritura de aclaración y
subsanación autorizada el once de mayo de dos mil veinte por el citado notario el señor
Fuentes, número seiscientos ochenta y seis de su protocolo; c) escritura de ratificación
autorizada el trece de mayo de dos mil veinte por la notario de Navalmoral de la Mata
Doña Lucía Fe Andrino Díaz, número doscientos ochenta y nueve de su protocolo; d)

cve: BOE-A-2021-12229
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«Calificación registral.
Barcelona, 03/03/2021.
Asientos/Diarios: 597/83, 1824/83, 4/84, 1535/84 y 362/85.
De conformidad con los artículos 18, 19 y 19 bis de la Ley Hipotecaria, así como los
artículos 97 a 102 del Reglamento Hipotecario, por la presente pongo en su
conocimiento los defectos observados en la calificación registral del documento indicado
y que impiden el acceso del mismo a los Libros del Registro.