III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-12238)
Resolución de 15 de julio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Ministerio de Defensa y el Instituto Social de la Marina, para prestación mutua de asistencia sanitaria a la flota pesquera de bandera española que faena en el Índico y los buques de la Armada, en colaboración con el Centro Radio Médico español y el Centro Asistencial en el Extranjero de Seychelles.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 173

Miércoles 21 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 87842

correspondiente mecanismo en caso de violación de la seguridad de los datos
personales, y establecer el mecanismo de respuesta al ejercicio por los titulares de
los datos personales de los derechos de protección de los datos personales.
La documentación de cada actividad que se realice al amparo del Convenio
incluirá la oportuna cláusula sobre el tratamiento concreto de los datos personales,
con especificación de los puntos legalmente exigibles.
Los datos personales, objeto de tratamiento a consecuencia del Convenio, se
incorporarán a los Registros de Actividades de Tratamiento (RAT,s) de cada una
de las partes intervinientes en el Convenio, con la finalidad de gestionar la relación
descrita en el Convenio. Las partes intervinientes se abstendrán de hacer ningún
tipo de tratamiento de los datos personales que no sea estrictamente necesario
para el cumplimiento de los fines del Convenio. Los titulares de los datos
personales podrán ejercitar ante el responsable o el encargado del tratamiento de
los datos personales los derechos de acceso, de rectificación, de supresión y
portabilidad de los datos personales, y de limitación u oposición al tratamiento de
los datos.
Si las partes intervinientes en el Convenio destinasen los datos personales que
obtengan a consecuencia del mismo a otra finalidad, los comunicasen o utilizasen
incumpliendo lo estipulado en el Convenio y/o en la normativa de protección de
datos personales, cada una de las partes intervinientes responderá de las
responsabilidades que deriven de los daños y perjuicios causados, a fin de
garantizar al perjudicado la indemnización efectiva, sin perjuicio del artículo 82.5
del RGPD europeo.
Las garantías que en orden a los datos personales se establecen tendrán
validez durante la vigencia del presente Convenio y de sus prórrogas.»
Cláusula quinta.

Eficacia de la adenda y prórroga del Convenio.

Y en prueba de conformidad suscriben el presente documento; las partes lo firman
electrónicamente, en el lugar donde se encuentran sus respectivas sedes.–El Secretario
de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, Israel Arroyo Martínez.–La Subsecretaria
de Defensa, María Amparo Valcarce García.–La Directora del Instituto Social de la
Marina, Elena Martínez Carqués.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2021-12238
Verificable en https://www.boe.es

La presente adenda se perfecciona con el consentimiento de las partes y resultará
eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el
Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su
formalización en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, se prorroga mediante esta adenda el Convenio suscrito entre el Ministerio de
Defensa y el Instituto Social de la Marina para la prestación mutua de asistencia sanitaria
a la flota pesquera de bandera española que faena en el Índico y los buques de la
Armada, en colaboración con el Centro Radio Médico español y el Centro Asistencial en
el Extranjero de Seychelles, en vigor desde el 10 de julio de 2017 (fecha de su
publicación en el BOE), por un periodo de cuatro años a computar desde el día 10 de
julio 2021, previa inscripción y publicación conforme el párrafo anterior.