I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE SANIDAD. Productos sanitarios. (BOE-A-2021-12156)
Real Decreto 588/2021, de 20 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1662/2000, de 29 de septiembre, sobre productos sanitarios para diagnóstico «in vitro», con objeto de regular la venta al público y la publicidad de los productos de autodiagnóstico de la COVID-19.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 173

Miércoles 21 de julio de 2021

Dos.

Sec. I. Pág. 87047

El apartado 8 del artículo 25 queda redactado como sigue:

«8. Queda prohibido efectuar publicidad dirigida al público de los productos
de autodiagnóstico, con excepción de los destinados al diagnóstico del embarazo
y de la fertilidad, de los productos de autodiagnóstico para la detección del VIH y
de las pruebas de autodiagnóstico de la COVID-19. Igualmente queda prohibido
efectuar publicidad dirigida al público de los productos para el diagnóstico
genético.»
Disposición final única. Entrada en vigor.
Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 20 de julio de 2021.
FELIPE R.
La Ministra de Sanidad,

cve: BOE-A-2021-12156
Verificable en https://www.boe.es

CAROLINA DARIAS SAN SEBASTIÁN

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X