I. Disposiciones generales. PRESIDENCIA DEL GOBIERNO. Organización. (BOE-A-2021-12155)
Real Decreto 586/2021, de 20 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 399/2020, de 25 de febrero, por el que se establecen las Comisiones Delegadas del Gobierno.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 173

Miércoles 21 de julio de 2021

Sec. I. Pág. 87043

b) La persona titular del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que
ostentará la Vicepresidencia de la Comisión Delegada.
c) La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de Asuntos
Económicos y Transformación Digital; la Vicepresidenta Segunda del Gobierno y
Ministra de Trabajo y Economía Social, y las personas titulares de los Ministerios
de Hacienda y Función Pública; del Interior; de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana; de Educación y Formación Profesional; de Industria, Comercio y Turismo;
de Política Territorial; de Cultura y Deporte; de Sanidad; de Derechos Sociales y
Agenda 2030; de Ciencia e Innovación; de Igualdad; de Inclusión, Seguridad
Social y Migraciones, y de Universidades.
d) Las personas titulares de las Secretarías de Estado de Política Territorial,
de Medio Ambiente, y de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales.»
«3. La persona titular de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente ejercerá
las funciones de Secretaría de la Comisión Delegada del Gobierno para el Reto
Demográfico. En su ausencia actuará como Secretario de la Comisión Delegada la
persona titular de la Secretaría de Estado de Política Territorial.»
Cinco.
manera:

Los apartados 1 y 2 del artículo 6 quedan redactados de la siguiente

«1. La Comisión Delegada del Gobierno para la Agenda 2030 tendrá la
siguiente composición:
a) La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Trabajo y
Economía Social, que la presidirá.
b) La persona titular del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación, que ostentará la Vicepresidencia de la Comisión Delegada.
c) La Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico; y las personas titulares de los Ministerios de
Hacienda y Función Pública; del Interior; de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana; de Educación y Formación Profesional; de Industria, Comercio y Turismo;
de Agricultura, Pesca y Alimentación; de Sanidad; de Derechos Sociales y
Agenda 2030; de Igualdad; de Consumo; de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, y de Universidades.
d) Las personas titulares de las Secretarías de Estado de Asuntos Exteriores
y Globales, de Cooperación Internacional, para la Agenda 2030, de Economía y
Apoyo a la Empresa, y de Presupuestos y Gastos.»

cve: BOE-A-2021-12155
Verificable en https://www.boe.es

«2. En caso de ausencia, vacante o enfermedad de quien ostenta la
Presidencia de la Comisión Delegada esta será asumida por la persona titular de
la Vicepresidencia.»