III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2021-12134)
Resolución de 7 de julio de 2021, de la Entidad Pública Empresarial ENAIRE, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Pilotos, para la operación del Observatorio de seguridad y eficiencia de las operaciones aéreas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172

Martes 20 de julio de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
12134

Resolución de 7 de julio de 2021, de la Entidad Pública Empresarial ENAIRE,
por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Pilotos, para la
operación del Observatorio de seguridad y eficiencia de las operaciones
aéreas.

Con fecha de 2 de julio de 2019, ambas partes rubricaron el Convenio para la
creación del Observatorio de la seguridad y eficiencia de las operaciones aéreas. Una
vez puesto en marcha el observatorio y realizados los primeros seguimientos de sus
actividades y resultados, a la vista del potencial de sus beneficios, ambas partes
acuerdan dar continuidad a la operación del Observatorio para lo cual el objeto del
presente Convenio es establecer los términos y condiciones para la operación del
Observatorio de seguridad y eficiencia de las operaciones aéreas entre COPAC
y ENAIRE.
En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se acuerda la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio que figura como anexo a esta
Resolución.
Madrid, 7 de julio de 2021.–El Director General de la Entidad Pública
Empresarial ENAIRE, Ángel Luis Arias Serrano.
ANEXO
Convenio entre el Colegio Oficial de Pilotos y la Entidad Pública
Empresarial ENAIRE para la operación del Observatorio de seguridad y eficiencia
de las operaciones aéreas
En Madrid a 7 de julio de 2021.

De una parte, don Carlos San José Plasencia, en calidad de Decano del Colegio
Oficial de Pilotos de la Aviación Comercial (en adelante «COPAC»), designado por
acuerdo de la Junta Electoral del COPAC de fecha 28 de octubre de 2020, según resulta
de la Escritura de Protocolización del Acta de Proclamación Definitiva de Candidatura
Vencedora otorgada por el COPAC, de 22 de enero de 2021, autorizada por la Notario de
Madrid, doña Eva María Sanz del Real, con el número 201 de su protocolo. Actúa en
virtud de las facultades que le confiere el artículo 21 de los Estatutos del COPAC,
aprobados por Real Decreto 1378/2002, de 20 de diciembre. COPAC tiene
CIF Q2801046J y domicilio social en la calle Vicente Gaceo, 21 (CP 28029) de Madrid.
De otra parte, don Ángel Luis Arias Serrano, en calidad de Director General de la
Entidad Pública Empresarial ENAIRE (en adelante «ENAIRE»), por acuerdo del Consejo
de Administración, de 29 de mayo de 2015, según resulta de Resolución de 8 de junio
de 2015 del Ministerio de Fomento, publicada en el BOE número 150, de 24 de junio
de 2015, con CIF Q2822001J y domicilio a estos efectos en Madrid, Avenida de
Aragón 330 (CP 28022), actuando en nombre y representación de la misma en virtud de
lo previsto en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.

cve: BOE-A-2021-12134
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