III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2021-12132)
Resolución de 6 de julio de 2021, del Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Catalunya, para el desarrollo del Plan Nacional de Ortofotografía Aérea.
21 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172

Martes 20 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 86914

Difusión:
Equipos Técnicos de las Comunidades Autónomas.
Equipos Técnicos de los organismos de la AGE participantes.
Empresas contratistas.
Documentos relacionados: Nomenclatura de carpetas y ficheros. Informes
descriptivos de las distintas fases de producción.
Período de validez: 2021 y posterior, hasta su sustitución por una nueva versión.
Apartado Ítem

Fase / Parámetro

Especificaciones

Detalles

SISTEMA GEODÉSICO Y
CARTOGRÁFICO DE
REFERENCIA.

a

Sistema Geodésico de
Referencia en la Península,
Baleares, Ceuta y Melilla.

ETRS89.

Todo el trabajo se realizará en
ETRS89, basándose exclusivamente
en vértices REGENTE de la Red
Geodésica Nacional.

b

Sistema Geodésico de
Referencia en Canarias.

REGCAN95.

Todo el trabajo se realizará en el
sistema REGCAN95, basándose en
vértices REGCAN95.

c

Altitudes elipsoidales.

Se utilizarán únicamente alturas elipsoidales referidas a
GRS80 en todos los procesos de cálculo de la fase de
vuelo.

d

Modelo de
geoide.Transformación de
altitudes elipsoidales a
ortométricas.

Se utilizará el modelo de geoide EGM2008-REDNAP
(adaptación del geoide mundial EGM08 a España)
suministrado por el Instituto Geográfico Nacional, para la
transformación de altitudes elipsoidales a ortométricas.

La Dirección Técnica entregará las
herramientas de transformación y los
ficheros del modelo de geoide.

e

Proyección cartográfica.

UTM.

Referido al Huso correspondiente a
cada zona.

Huso UTM a emplear.

Cada bloque se planificará en el huso en el que esté
ubicado mayoritariamente.
Los bloques que estén en dos husos, se calcularán en
ambos.

f

1.

VUELO
FOTOGRAMÉTRICO.

1.1

Cámara fotogramétrica y
equipos auxiliares.

a

Cámara.

Fotogramétrica digital matricial.

b

Formato de los fotogramas.

La imagen pancromática deberá tener unas dimensiones
de al menos 15.000 filas, y la imagen multiespectral una
resolución al menos 5 veces inferior.

c

Campo de visión transversal
(FOV: Field of View).

Mayor de 50.º y menor de 80.º sexagesimales.

En las ofertas, se especificarán
detalladamente las cámaras (marca y
modelo) y accesorios (sensores,
conos, plataformas, etc…) que se
utilizarán en los trabajos.

cve: BOE-A-2021-12132
Verificable en https://www.boe.es

0.