III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2021-12125)
Resolución 420/38285/2021, de 12 de julio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas" y la Fundación para el Fomento de la Innovación Industrial, para la realización de trabajos conjuntos en el sector de la automoción.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172

Martes 20 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 86853

Séptimo.
Que la reglamentación actual del ámbito de vehículos y su constante evolución,
incluso a corto plazo, exigen estar en disposición continúa de evidenciar la competencia
técnica de los Servicios Técnicos que operan en dicho ámbito. A tal efecto, la
acreditación es la vía que se presenta como demostración de tales buenas prácticas
operativas.
Que el rápido avance de la tecnología de los vehículos y componentes, y las
tendencias de futuro, como es el caso del vehículo eléctrico, los sistemas avanzados de
ayuda a la conducción (ADAS), etc., y la evolución de la reglamentación
correspondiente, exige un seguimiento muy cercano de la misma y da lugar a
actualizaciones continuas de los Servicios Técnicos, lo que implica el desarrollo de
nuevos ensayos y oportunidades conjuntas.
Por otra parte, la homologación completa de los diversos tipos de vehículos supone
un reto competitivo para todos los Servicios Técnicos de Homologación de Vehículos
europeos, que es necesario afrontar mediante la mejora de la calidad del servicio a los
clientes, con instalaciones y personal capacitado. Esta mejora se ha de presentar de
forma conjunta, evitando además trámites administrativos innecesarios y estableciendo
una sistemática que optimice la ejecución de los trabajos, de manera que se ofrezca a
nuestros clientes un servicio completo con el nivel de calidad acorde con el rigor y buen
hacer profesional de ambas instituciones.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio, que se regirá
por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto y alcance.

1. El presente Convenio tiene por objeto regular la colaboración entre el INTA
y la FFII, a través de sus Unidades Propias, en el ámbito de la homologación de todo tipo
de vehículos y sus componentes.
2. Este Convenio ampara todos los campos de actividad que, dentro del objeto,
puedan resultar de interés para la colaboración de ambas Partes. En concreto, abarca
los siguientes ámbitos:





Homologaciones individuales, parciales y de tipo.
Reformas.
Certificados de correspondencia.
Control y vigilancia de mercado. Control de Productos Industriales (CPI).







Revisión de inspecciones y trabajos de campo.
Emisión de informes técnicos.
Participación en grupos de trabajo conjuntos.
Unificación de criterios técnicos.
Búsqueda conjunta de clientes.

Segunda.

Medios.

De acuerdo al expositivo séptimo del presente Convenio, ambas entidades
mantendrán e incrementarán sus actuales designaciones por el Ministerio de Industria,
Comercio y Turismo, fundamentalmente por vía de acreditación, de manera que se
pueda dar servicio entre ambas entidades a la totalidad de los grupos de actos

cve: BOE-A-2021-12125
Verificable en https://www.boe.es

3. De forma general y sin carácter exhaustivo, estarán incluidas las siguientes
actividades: