III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2021-12140)
Resolución de 14 de julio de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de La Rioja, para el funcionamiento por medios electrónicos del registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, el depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales y el registro de empresas de trabajo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 20 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 86973

La entrada en funcionamiento de estas aplicaciones ha permitido que cualquier
trámite relacionado, tanto con el registro de Convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
el depósito de Estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales, o el registro
de empresas de trabajo temporal se pueda realizar de forma electrónica, dando
cumpliendo así al derecho de los ciudadanos a relacionarse electrónicamente con las
Administraciones Públicas establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Además, la creación, de cada una de estas aplicaciones ha permitido la existencia,
por primera vez, de una información completa, tanto de los Convenios y acuerdos
colectivos de trabajo existentes como de las organizaciones sindicales y empresariales
cuyos estatutos están depositados en las oficinas públicas de estatutos, como de las
empresas de trabajo temporal registradas ante cualquier autoridad laboral del Estado.
2. El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de
Convenios y acuerdos colectivos de trabajo, el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo,
sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales, y el Real
Decreto 417/2015, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de las
empresas de trabajo temporal, al establecer que sus respectivos procedimientos deberán
tramitarse a través de medios electrónicos, traen como consecuencia la necesidad de
una aplicación informática que les dé cobertura.
Además, al establecerse en cada uno de los reales decretos la constitución de una
base de datos central, exige que la información remitida por cada autoridad laboral
competente se efectúe siguiendo unas determinadas especificaciones técnicas.
3. Por ello los reales decretos antes citados prevén la firma de Convenios entre el
Ministerio de Trabajo y Economía Social, y aquellas comunidades autónomas que
deseen utilizar las correspondientes aplicaciones informáticas como soporte informático
de los citados procedimientos.
Dichos Convenios se firmaron en el momento de entrada en funcionamiento de cada
una de las aplicaciones.
En virtud de lo anterior, las partes anteriormente indicadas acuerdan suscribir el
presente Convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio.
En cumplimiento de lo previsto en:
– La disposición adicional primera del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre
registro y depósito de Convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
– La disposición adicional primera del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre
depósito de Estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales.
– La disposición adicional única del Real Decreto 417/2015, de 29 de mayo, por el
que se aprueba el Reglamento de las empresas de trabajo temporal.
El presente Convenio tiene por objeto articular la colaboración entre el Ministerio de
Trabajo y Economía Social y la Comunidad Autónoma de La Rioja, para el
funcionamiento y gestión posterior del registro de Convenios y acuerdos colectivos de
trabajo, del depósito de Estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales, y del
registro de empresas de trabajo temporal.
Segunda. Uso de las aplicaciones informáticas constituidas en el Ministerio de Trabajo
y Economía Social.
Comprobadas las posibilidades de las aplicaciones informáticas gestionadas en el
Ministerio de Trabajo y Economía Social, para el registro de Convenios y acuerdos
colectivos de trabajo, el depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y

cve: BOE-A-2021-12140
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 172