III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2021-12042)
Resolución de 9 de julio de 2021, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publica el Convenio de colaboración con BBVA, para el desarrollo del premio de pintura BBVA-2021 para mutualistas y empleados de MUFACE.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 171

Lunes 19 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 86496

MUTUALISTAS Y EMPLEADOS DE MUFACE», asumiendo cada una de ellas el
cumplimiento de las obligaciones que a continuación se establecen:
A.

La entidad BBVA se obliga a:

a) Convocar y organizar el «PREMIO DE PINTURA BBVA-2021, PARA
MUTUALISTAS Y EMPLEADOS DE MUFACE», aprobando las bases, previamente
consensuadas por BBVA y MUFACE, por las que se regirá el concurso.
b) Financiar y abonar a su cargo los gastos generados por la celebración del
concurso, así como el importe de los premios, en los términos establecidos en la
cláusula tercera el presente convenio.
B.

Por su parte, MUFACE se obliga a:

a) Dar la máxima difusión al concurso a través de la Revista MUFACE, en su
página web, www.muface.es, y por cualquier otro medio de difusión que utilice
habitualmente la Mutualidad para sus propios fines, en los términos y con la intensidad
que se determinen. Toda acción de comunicación pública, tanto de la firma de este
Convenio como de su desarrollo y/o resultados se realizará de común acuerdo por las
partes.
b) Adscribir al concurso los medios humanos y técnicos necesarios para el
adecuado desarrollo y buen fin del concurso. A tales efectos, MUFACE se obliga: a
proporcionar el espacio físico necesario en los locales de su sede central al objeto de
recibir y custodiar los cuadros, realizar la exposición temporal de las obras
participantes, así como para la realización del acto de entrega de premios. Asimismo,
MUFACE se obliga a realizar la devolución de todas aquellas obras que no cumplan
con los requisitos establecidos en las bases del concurso. MUFACE realizará dicha
devolución de la obra junto con la documentación remitida, si bien conservará la
fotografía de la obra y se la entregará a BBVA, quien la conservará como
documentación de la edición del concurso.
c) MUFACE dará traslado y puntual información a BBVA sobre la totalidad de las
actuaciones realizadas en relación con la recepción de los cuadros su custodia,
exposición y devolución; la documentación remitida por los participantes al concurso
(sobres cerrados), así como sobre el acto de la entrega de los premios.
d) Si MUFACE, tuviera conocimiento o detectara alguna anomalía o sospechara
que un participante está impidiendo el normal desarrollo del concurso, alterando
legalmente su registro, incumpliendo las condiciones para participar en el concurso,
participando mediante cualquier procedimiento, técnico o informático para así falsear su
participación, lo pondrá en conocimiento de BBVA en el menor plazo de tiempo posible.

Los gastos necesarios para la celebración y el desarrollo del premio de pintura serán
asumidos exclusivamente por la entidad BBVA.
El presupuesto máximo total se estima en 28.000 euros, de los que 14.000 se
imputarán a los premios y el resto se distribuirán entre los gastos necesarios para el
desarrollo del mismo: diseño, impresión y distribución de los catálogos, los diplomas, los
trípticos y carteles de la exposición y anunciadores; trabajos fotográficos; enmarcado;
acto entrega de premios; indemnizaciones del jurado, etc.
BBVA asumirá los gastos que MUFACE le presente hasta ese importe y pagará los
mismos contra factura girada a BBVA por el proveedor correspondiente con la fiscalidad
aplicable a la misma.
MUFACE no abonará cantidad alguna para las actividades señaladas en el párrafo
anterior, si bien facilitará sus instalaciones y servicios, así como su organización, para los
actos a que se refiere el párrafo b) de la cláusula segunda.

cve: BOE-A-2021-12042
Verificable en https://www.boe.es

Tercera. Financiación.