III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Convenios. (BOE-A-2021-12050)
Resolución de 8 de julio de 2021, de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, por la que se publica el Convenio con la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, en materia de violencia de género.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 19 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 86542

El Ministerio de Igualdad, a través de la Delegación del Gobierno contra la Violencia
de Género, se compromete a desarrollar las siguientes actuaciones:
– Colaborar en la planificación, organización y ejecución de las actuaciones de
información, prevención y sensibilización, y detección que se pongan en marcha en
materia de violencia contra las mujeres en el ámbito de MUFACE.
– Facilitar el material necesario para llevar a cabo las actuaciones de información,
prevención y sensibilización en el marco del presente Convenio, en particular, de las
campañas de sensibilización y prevención realizadas por el Ministerio de Igualdad.
– Prestar asesoramiento y apoyo en todas las actuaciones que se pongan en
marcha por parte de MUFACE en materia de violencia contra las mujeres.
– Colaborar en los programas de formación que MUFACE pueda desarrollar de su
acción formativa en materia de violencia contra las mujeres.
– Facilitar información sobre recursos, medios y programas específicos de atención
y protocolos de actuación y coordinación en materia de violencia contra las mujeres,
entre otros, los protocolos comunes de actuación sanitaria ante las formas de violencia
contra las mujeres aprobados por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de
Salud.
– Facilitar el acceso a MUFACE a la información sistematizada de la que disponga, a
efectos de conocer el alcance del colectivo de personas mutualistas y mujeres
beneficiarias víctimas de violencia de género, con el fin de articular medidas
asistenciales en el ámbito de actuación de MUFACE.
MUFACE, por su parte, se compromete a implementar las siguientes actuaciones:
– Colaborar en la difusión de las campañas de sensibilización y prevención en
materia de violencia contra las mujeres que el Ministerio de Igualdad ponga en marcha, a
través de sus medios de comunicación y de la red de oficinas de sus Servicios
Provinciales.
– Impulsar la difusión de material informativo, incluidos los protocolos comunes de
actuación sanitaria, y de campañas de sensibilización y prevención en materia de
violencia contra las mujeres, a través de las entidades que prestan asistencia sanitaria a
las personas mutualistas que han optado por recibirla a través de las mismas.
– Incluir, entre las prestaciones sociales concedidas por MUFACE una prestación
específica para las víctimas de violencia de género, en los términos que se establezcan
en las convocatorias que se desarrolle para la concesión de este tipo de ayuda.
– Incluir en el Concierto anual a firmar con las entidades privadas para la atención
sanitaria a las personas mutualistas y sus personas beneficiarias la obligación de
acreditar la formación especializada necesaria para la detección de casos de violencia
contra las mujeres.
– Informar en las llamadas recibidas en el teléfono de MUFACE de información al
mutualista, relativas a Violencia contra las mujeres, sobre el servicio telefónico 016 de
información y asesoramiento jurídico de la Delegación del Gobierno contra la Violencia
de Género.
– Conceder la condición provisional de Beneficiaria con Documento Propio de
Afiliación (BDAP) a aquellas beneficiarias de personas mutualistas que presenten la
denuncia por violencia de género junto con la demanda de divorcio, a la espera de la
sentencia judicial.
– Incluir en el Concierto anual a firmar con las entidades privadas para la atención
sanitaria a las personas mutualistas y sus personas beneficiarias la obligación de que los
centros médicos privados emitan y remitan, de conformidad con la Ley de Enjuiciamiento
Criminal, parte de lesiones a los órganos judiciales competentes cuando detecten una
situación de violencia contra las mujeres que afecte a personas mutualistas o personas
beneficiarias, así como la necesidad de incluir la situación de violencia en la historia
clínica de estas.

cve: BOE-A-2021-12050
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Núm. 171