III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-12036)
Resolución de 7 de julio de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo parcial por el que se incluye un artículo en el II Convenio colectivo de Naturgy.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 171

Lunes 19 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 86268

Ruiz Carrillo, M.ª Elena (LOLS). Industria-CCOO.
Zárate Conde, Alfonso. SIE.
Juan Antonio Segundo Navarro. SIE.
Dorian González Osorio. SIE.
Cristóbal Jane, Sonia. FICA-UGT.
Fernández García, M.ª Isabel. FICA-UGT.
Iglesias Romero, Roberto. FICA-UGT.
Martín Soriano, Andrés (LOLS).
En Representación de la Dirección de la Empresa:
Jiménez Soler, Guillermo.
Abad Boceta, Pablo.
Gaeta Gómez, Ana Rosa.
González García, Paz.
Muñoz Caballero, Pilar.
Serrano Serrano, Consuelo.
Torrente Muñoz, M.ª Isabel.
Reig Galmes, Montserrat.
EXPONEN
I. Que, al amparo del Título III del Estatuto de los Trabajadores, ambas partes se
reconocen legitimación suficiente y como interlocutores para la negociación colectiva
estatutaria, en el ámbito de la Empresa, dando por válidamente constituida esta
Comisión Negociadora a los excepcionales efectos que se recogen en los Acuerdos de
la presente.
II. Que la representación sindical de los trabajadores en esta Mesa Negociadora
(USO, Industria-CC.OO., SIE y FICA-UGT), manifiesta, por unanimidad, su voto
favorable a lo dispuesto en la presente Acta. Asimismo, la Representación de la
Dirección de la Empresa manifiesta su voto favorable.
III. Que en base a todo ello, se adoptan los siguientes
ACUERDOS
Primero.
Que, al amparo de lo establecido en el Título III del Estatuto de los Trabajadores, las
partes deciden, aprobar y suscribir la modificación del II Convenio Colectivo de
NATURGY 2016-2020 (en adelante Convenio), de eficacia general en las empresas
incluidas en su ámbito de aplicación, con efectos desde la firma de la presente, en los
términos recogidos y conforme al documento adjunto que se acompaña a la presente
Acta, como Anexo Único, que recoge los preceptos objeto de modificación.

Incluir un nuevo artículo 88 «Jubilación Obligatoria» en el capítulo XIII «Otras
Disposiciones» del II Convenio Colectivo de NATURGY 2016-2020 (aprobado su registro
por Resolución de la entonces Dirección General de Empleo de 20 de febrero de 2017 y
que se publicó en el BOE de 7 de marzo de 2017), con todos los efectos pertinentes para
las personas trabajadoras incluidas dentro del ámbito personal delimitado en el artículo 3
del Convenio, con la redacción siguiente:
«En aras a impulsar el relevo generacional, fomentando una medida de calidad en el
empleo y potenciando la diversidad y la igualdad, se acuerda la extinción del contrato de
trabajo de la persona trabajadora que, habiendo cumplido la edad legal de jubilación,
reúna además los requisitos exigidos por la normativa de Seguridad Social para tener

cve: BOE-A-2021-12036
Verificable en https://www.boe.es

Segundo.