III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Consorcio de la Ciudad de Cuenca. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-12017)
Resolución de 28 de junio de 2021, del Consorcio de la Ciudad de Cuenca, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2019 y el informe de auditoría.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 19 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 85839
redacción de un convenio con la UNED que recogiera el reparto del abono de
los gastos de uso. En fecha 7 de mayo de 2019, la Diputación responde “con
fecha de hoy se dan las instrucciones oportunas al Departamento de
Secretaría/Inventario de Bienes, a fin de que proceda a la incoación de expediente,
dictándose resolución o acuerdo por el órgano competente concediendo la cesión de uso
del referido inmueble en favor del Consorcio de la Ciudad de Cuenca”.
Previo al cierre del ejercicio presupuestario 2019, y sin tener noticias sobre la
adopción del acuerdo, se contacta con la Secretaría General de la Diputación
Provincial y se nos comunica que el acuerdo de referencia concediendo la cesión
no ha sido adoptado. Considerándose denegada la solicitud de fecha 11 de abril
de 2019 por silencio administrativo, por el Consorcio se ha de proceder a una
nueva solicitud. Por tanto, hasta la fecha no está formalizado este convenio.
La Norma de Registro y Valoración 19ª del Plan General de Contabilidad
Pública (PGCP) señala, en el caso de adscripciones, y otras cesiones gratuitas de
uso de bienes y derechos, que estas operaciones se registrarán y valorarán, tanto
en la entidad beneficiaria o cesionaria de los bienes (en este caso, el Consorcio)
o derechos como en la entidad aportante o cedente (Diputación Provincial de
Cuenca), de acuerdo con los criterios establecidos en la norma de
reconocimiento y valoración n.º 18, «Transferencias y subvenciones». Si la
adscripción o cesión gratuita del bien es por un periodo inferior a la vida
económica del mismo, la entidad beneficiaria del mismo registrará un
inmovilizado intangible por el valor razonable del derecho de uso del bien
cedido.
En este caso, la cesión gratuita de uso del inmueble donde se ubica la sede del
Consorcio está pendiente de ser instrumentada jurídicamente, como se ha
comentado anteriormente, y por tanto, de determinar los elementos esenciales
de la cesión (duración, condiciones, etc.) por lo que no parece posible valorar
con fiabilidad el valor razonable del derecho de uso del bien cedido y, de
conformidad con los criterios de registro o reconocimiento contable de los
elementos de las cuentas anuales recogido en el Marco Conceptual del PGCP,
no se cumplirían las condiciones para el reconocimiento contable de un activo
en el balance del Consorcio.-
cve: BOE-A-2021-12017
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 171
Lunes 19 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 85839
redacción de un convenio con la UNED que recogiera el reparto del abono de
los gastos de uso. En fecha 7 de mayo de 2019, la Diputación responde “con
fecha de hoy se dan las instrucciones oportunas al Departamento de
Secretaría/Inventario de Bienes, a fin de que proceda a la incoación de expediente,
dictándose resolución o acuerdo por el órgano competente concediendo la cesión de uso
del referido inmueble en favor del Consorcio de la Ciudad de Cuenca”.
Previo al cierre del ejercicio presupuestario 2019, y sin tener noticias sobre la
adopción del acuerdo, se contacta con la Secretaría General de la Diputación
Provincial y se nos comunica que el acuerdo de referencia concediendo la cesión
no ha sido adoptado. Considerándose denegada la solicitud de fecha 11 de abril
de 2019 por silencio administrativo, por el Consorcio se ha de proceder a una
nueva solicitud. Por tanto, hasta la fecha no está formalizado este convenio.
La Norma de Registro y Valoración 19ª del Plan General de Contabilidad
Pública (PGCP) señala, en el caso de adscripciones, y otras cesiones gratuitas de
uso de bienes y derechos, que estas operaciones se registrarán y valorarán, tanto
en la entidad beneficiaria o cesionaria de los bienes (en este caso, el Consorcio)
o derechos como en la entidad aportante o cedente (Diputación Provincial de
Cuenca), de acuerdo con los criterios establecidos en la norma de
reconocimiento y valoración n.º 18, «Transferencias y subvenciones». Si la
adscripción o cesión gratuita del bien es por un periodo inferior a la vida
económica del mismo, la entidad beneficiaria del mismo registrará un
inmovilizado intangible por el valor razonable del derecho de uso del bien
cedido.
En este caso, la cesión gratuita de uso del inmueble donde se ubica la sede del
Consorcio está pendiente de ser instrumentada jurídicamente, como se ha
comentado anteriormente, y por tanto, de determinar los elementos esenciales
de la cesión (duración, condiciones, etc.) por lo que no parece posible valorar
con fiabilidad el valor razonable del derecho de uso del bien cedido y, de
conformidad con los criterios de registro o reconocimiento contable de los
elementos de las cuentas anuales recogido en el Marco Conceptual del PGCP,
no se cumplirían las condiciones para el reconocimiento contable de un activo
en el balance del Consorcio.-
cve: BOE-A-2021-12017
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 171