III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2021-12047)
Resolución de 12 de julio de 2021, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica el Convenio con el Instituto de Estadística de las Illes Balears, para la explotación de la Encuesta de Ocupación Hotelera y el fomento de la recogida telemática en dicha encuesta.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 171

Lunes 19 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 86520

Ambas partes actúan de acuerdo con los títulos competenciales que en materia
estadística confiere a la Administración General del Estado el artículo149.1.31 de la
Constitución y a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears el artículo 30.32 de la Ley
Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes
Balears.
EXPONEN
Primero.
Que la existencia de un interés común del Estado y de la Comunidad Autónoma de
las Illes Balears en la investigación estadística en materia de ocupación hotelera
determina la conveniencia de coordinar la actividad estatal y autonómica toda vez que el
Estado goza de competencia exclusiva sobre la estadística para fines estatales, según el
artículo 149,1.31 de la Constitución, y que la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
tiene competencia exclusiva en la estadística para fines de la Comunidad Autónoma,
según el artículo 30.32 de la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del
Estatuto de Autonomía de las Illes Balears.
Segundo.
Que la investigación en la materia concreta antes señalada está contemplada en los
respectivos planes estadísticos vigentes:
– A nivel estatal, en el Plan Estadístico Nacional 2021-2024, aprobado mediante
Real Decreto 1110/2020, de 15 de diciembre, figura la operación 8591 Encuesta de
Ocupación en Alojamientos Turísticos en la que se incluyen, entre otras, la Encuesta de
Ocupación Hotelera (EOH), que se lleva a cabo en todo el territorio nacional con
periodicidad mensual.
– A nivel autonómico, el Plan de Estadística de Illes Balears 2018-2021, aprobado
mediante el Decreto 40/2018, de 23 de noviembre, contempla la realización de la
operación estadística «Enquesta d’ocupació hotelera».
Tercero.
Que el Instituto Nacional de Estadística (INE) y el Instituto de Estadística de las Illes
Balears (IBESTAT) suscribieron en 2011 un Convenio para la elaboración conjunta de
esta operación estadística en la Comunidad Autónoma de Illes Balears, que se ha
desarrollado a plena satisfacción de las partes y cuya vigencia finalizó el pasado mes de
octubre de 2019. Con este Convenio se evitaban duplicidades en la recogida de datos,
se atendían las necesidades de información de ambos organismos en esta materia.

Que, el IBESTAT mantiene su interés en la recogida telemática de la EOH, ya que
incrementa la calidad y cantidad de información recogida, así como reduce la carga
estadística que su uso conlleva a los informantes. El potencial de estudios y análisis que
pueden realizarse con la información recogida por esta vía de transmisión de
cuestionarios es de gran utilidad para los propios institutos, así como para gran número
de usuarios.
Quinto.
Que la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, prevé
la suscripción de convenios entre dos o más Administraciones Públicas, que podrán
incluir la utilización de medios, servicios y recursos, para el ejercicio de competencias
propias o delegadas.

cve: BOE-A-2021-12047
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto.