III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2021-11956)
Resolución de 8 de julio de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Fundació Universitat Autònoma de Barcelona, para el desarrollo de programas de máster universitario, prácticas académicas externas y trabajos fin de máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 170

Sábado 17 de julio de 2021

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del Máster, que será el órgano que en última instancia tiene que aprobar dicha línea.
Asimismo, se encargará de emitir un informe razonado que dará por finalizado el TFM y
que remitirá a la comisión del Máster.
12. La FUAB, en el plazo de un mes desde de la firma del anexo I por el que se
autorizan las prácticas, realizará una compensación al CSIC, a la cuenta restringida de
ingresos que le indique el ICU correspondiente, por el importe resultante de
aplicar 50/100 € por el número de créditos ECTS (en función del área temática en la que
se realice la práctica) totales de cada práctica que vaya a realizarse, todo ello sin
perjuicio de la compensación por gastos incurridos que la FUAB tuviera que realizar al
CSIC en el caso de que así se hubiera aprobado para cada práctica, de conformidad con
el apartado 2.i) de la cláusula sexta.
A esta cantidad no se le aplicará el IVA, puesto que la contribución prevista no tiene
la naturaleza de contraprestación por un servicio recibido, sino de mera compensación
por los costes directos e indirectos que ocasiona la realización de las prácticas para la
consecución de una finalidad común de utilidad pública.
Cuarta.

Derechos y obligaciones del alumnado.

El alumnado que realice prácticas académicas externas en el CSIC, queda vinculado a
efectos académicos a la FUAB. Los derechos y deberes de este alumnado mientras dure la
realización de las prácticas académicas externas y/o del TFM en el CSIC serán los siguientes:
Derechos del alumnado:

a) A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por
un/a profesor/a de la FUAB y/o por un/a profesional que preste servicios en el CSIC.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la FUAB.
c) A la obtención de un informe por parte del CSIC, con mención expresa de la
actividad desarrollada, su duración y, en su caso, su rendimiento.
d) A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la
legislación reguladora de la materia.
e) A recibir, por parte del CSIC, información de los aspectos incluidos en la Ley de
Prevención de Riesgos Laborales y su desarrollo normativo relativos al lugar donde van
a desarrollar su actividad, sin perjuicio de las competencias que tenga la FUAB en
relación al cumplimiento normativo antes referido y aquellas derivadas de la
Coordinación de Actividades Empresariales con el CSIC.
f) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y
participación, previa comunicación con antelación suficiente al CSIC.
g) A disponer, en caso de discapacidad, de los recursos necesarios para el acceso
a la tutela, a la información, a la evaluación y al propio desempeño de las prácticas en
igualdad de condiciones, según lo dispuesto en el texto refundido de la Ley General de
Derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
h) A conciliar, en caso de discapacidad, la realización de las prácticas con aquellas
actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con la situación de
discapacidad.
i) Al tratamiento de sus datos de carácter personal de conformidad con la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de
los Derechos Digitales.
j) A aquellos otros derechos previstos en la normativa vigente.
2.

Deberes del alumnado:

a) Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la FUAB.
b) Conocer y cumplir el proyecto formativo de las prácticas siguiendo las
indicaciones de la persona que ejerza como tutora en el CSIC, bajo la supervisión de la
persona que ejerza como tutora académica de la FUAB.

cve: BOE-A-2021-11956
Verificable en https://www.boe.es

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