III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2021-11953)
Resolución de 7 de julio de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Meteorología, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Málaga, para la realización de prácticas externas.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 170

Sábado 17 de julio de 2021

Novena.

Sec. III. Pág. 85499

Resolución.

El presente Convenio podrá ser extinguido por el cumplimiento de las actuaciones
que constituyen su objeto o por incurrir en las causas de resolución contenidas en el
artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
No obstante y en la medida de lo posible, ambas partes ante una posible resolución,
se comprometen a que las actividades que estuvieran en curso puedan ser finalizadas
en el período establecido.
Décima.

Comisión de seguimiento.

Se constituye una comisión mixta, con presidencia alternativa de periodicidad anual
entre AEMET y UM, para el seguimiento de la aplicación del Convenio. Esta comisión
estará compuesta por dos representantes de ambas partes, designados en cada caso
por la institución respectiva. La comisión comenzará con la Presidencia de AEMET.
La comisión mixta tendrá los siguientes cometidos:
– Resolver los problemas de interpretación y aplicación que puedan plantearse en el
cumplimiento del presente Convenio.
– Realizar el seguimiento del Convenio y redactar un informe anual de actividades.
– En caso de resolución del Convenio, proponer la manera de finalizar las
actuaciones en curso.
La comisión mixta se constituirá en el plazo de un mes a partir de que el Convenio
sea eficaz y se reunirá al menos una vez al año, pudiendo ser asistida por el personal
técnico que se considere necesario. Igualmente se reunirá con carácter extraordinario
cuando así lo solicite cualquiera de las partes. De cada reunión se levantará el acta
correspondiente.
Undécima.

Protección de datos.

En las actuaciones que se desarrollen en ejecución del presente Convenio las partes
se comprometen a cumplir el régimen de protección de datos de carácter personal
previsto en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril (RGPD) y en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y
garantía de los derechos digitales y demás normativa que resulte de aplicación.
Duodécima.

Régimen jurídico.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, se rige por lo dispuesto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, y queda excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017 de
Contratos del Sector Público, de conformidad con lo previsto en el artículo 6 de la
mencionada Ley.
Jurisdicción competente.

Las cuestiones litigiosas que pudieran surgir en la interpretación y cumplimiento del
presente Convenio, serán de conocimiento y competencia del Orden Jurisdiccional
Contencioso-Administrativo.
En prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, ambas
partes firman el presente Convenio de forma electrónica el 6 de julio de 2021.–El
Presidente de la Agencia Estatal de Meteorología, Miguel Ángel López González.–El
Rector de la Universidad de Málaga, P.D.F. (R.R. de 6 de febrero de 2020), el Vicerrector
de Innovación Social y Emprendimiento, Rafael Ventura Fernández.

cve: BOE-A-2021-11953
Verificable en https://www.boe.es

Decimotercera.