I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Medidas excepcionales. (BOE-A-2021-11917)
Orden PCM/755/2021, de 16 de julio, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de julio de 2021, por el que se prorroga el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de febrero de 2021, por el que se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19, mediante la limitación de los vuelos entre la República Federativa de Brasil y la República de Sudáfrica y los aeropuertos españoles.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 170

Sábado 17 de julio de 2021

Segundo.

Sec. I. Pág. 85190

Habilitación.

El Ministerio de Sanidad podrá levantar, con carácter general, las limitaciones
previstas en este Acuerdo, en cualquier momento con anterioridad a la finalización de la
prórroga, por razones justificadas.
Tercero.

Información y notificación de la medida.

Esta medida se comunicará, a través del Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana a la Comisión Europea y al resto de Estados miembros y, a través del
Ministerio de Sanidad, se realizará la correspondiente notificación a la Organización
Mundial de la Salud en aplicación del Reglamento Sanitario Internacional.
Cuarto. Eficacia.

cve: BOE-A-2021-11917
Verificable en https://www.boe.es

Este Acuerdo surtirá efectos una vez publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X