III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Convenios. (BOE-A-2021-11912)
Resolución de 7 de julio de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se publica el Convenio con la Fundación Prodis, la Fundación Síndrome de Down de Madrid, la Fundación Carmen Pardo-Valcarce y la Asociación Libre para la Educación Personalizada y Humana de los Trastornos del Espectro Autista, para la realización de prácticas formativas en itinerarios individuales de inserción laboral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 169

Viernes 16 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 85170

Que la Asociación Libre para la Educación Personalizada y Humana de los
Trastornos del Espectro Autista (ALEPH-TEA), con NIF G-83402669, entidad de ámbito
estatal domiciliada en Madrid, calle Cueva de Montesinos n.º 49, e inscrita en el Registro
Nacional de Asociaciones con el número 24.850, es una entidad que trabaja para
favorecer la educación y la inserción laboral de las personas con discapacidad y
desarrolla unos programas formativos dentro de los cuales se considera adecuado la
realización de prácticas formativas en las dependencias de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia.
IV. Que todas las partes consideran de gran importancia el establecimiento de
cauces de colaboración para favorecer la formación que facilite la inserción laboral de las
personas con discapacidad intelectual y/o del desarrollo.
En virtud de lo expuesto, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y
las entidades citadas proceden a formalizar el presente Convenio de colaboración de
acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto y ámbito del Convenio.
El objeto de este Convenio es establecer los principios básicos de colaboración
conjunta en el desarrollo de la formación de las personas con discapacidad intelectual
y/o del desarrollo, dentro de los itinerarios formativos definidos por cada entidad, para la
inserción laboral de estas personas, facilitando la realización de prácticas formativas en
las dependencias de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
Segunda.

Naturaleza y régimen jurídico.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo establecido en
el mismo y por lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, quedando excluido de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las
Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de
febrero de 2014, excepto para la resolución de dudas que pudieran presentarse, en que
serán aplicables los principios contenidos en el citado texto legal.
Tercera.

Proyectos formativos.

La colaboración fijada en este Convenio se concretará en un proyecto formativo
respecto de cada participante, que se formalizará de acuerdo con el modelo figurado
como anexo al presente Convenio y que firmará la Comisión Nacional de los Mercados y
la Competencia y la entidad correspondiente.
Dicho proyecto formativo incluirá la naturaleza y condiciones particulares del periodo
de prácticas formativas concretas que cada persona vaya a realizar en la sede de la
CNMC: contenido de las prácticas a desarrollar, régimen de permisos, funciones del tutor
académico y/o mediador, calendario y duración, etc.
Contenidos de las prácticas.

El contenido de las prácticas realizadas en la Comisión Nacional de los Mercados y
la Competencia estará en consonancia con los perfiles profesionales de los diferentes
itinerarios formativos que se imparten en cada entidad, así como aquellas otras que se
determinen en el proyecto formativo al que se refiere la cláusula anterior.
La realización de las prácticas no supondrá, respecto a la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia, la adquisición de más compromisos que los estipulados en
el presente Convenio. En ningún caso se derivarán obligaciones propias de un contrato
laboral ni dará lugar a la sustitución de la prestación laboral de puestos de trabajo.

cve: BOE-A-2021-11912
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.