II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpo de Aspirantes a Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles. (BOE-A-2021-11783)
Resolución de 8 de julio de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se anuncian determinados Registros de la Propiedad, radicados en el territorio español, con excepción de la Comunidad Autónoma de Cataluña, para su provisión conforme a lo dispuesto en el artículo 503 del Reglamento Hipotecario.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 168
Jueves 15 de julio de 2021
Sec. II.B. Pág. 84563
Registro electrónico de la Generalitat de Cataluña, en la dirección http://
justicia.gencat.cat/ca/serveis/notaries_i_registres/registradors/
En caso de que se presente más de una solicitud por participante ante la misma o
distinta Administración, únicamente será considerada válida y tenida en cuenta a todos
los efectos, la presentada en primer lugar, quedando automáticamente invalidadas las
restantes solicitudes.
Una vez presentadas las solicitudes, no se podrá desistir de las pretensiones
formuladas en ellas ni modificarlas.
Quinto.
Resolución.
La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y la Dirección General de
Derecho y de Entidades Jurídicas a los efectos de la resolución del concurso en sus
respectivos ámbitos analizarán y examinarán conjuntamente las solicitudes presentadas.
Una vez efectuado ese análisis, la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública dictará Resolución que comprenderá exclusivamente las adjudicaciones respecto
de las vacantes ubicadas en el resto del territorio español, sin incluir los situados en el
territorio de la Comunidad Autónoma de Cataluña. Dicha Resolución se publicará en el
Boletín Oficial del Estado y se comunicará a las Comunidades Autónomas afectadas con
el objeto de que, por el órgano competente de las mismas, se proceda al nombramiento
de los Registradores que deban ocupar plazas situadas en territorio de su competencia.
Sexto.
Recurso.
La presente convocatoria podrá ser impugnada en los casos y en la forma
establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
cve: BOE-A-2021-11783
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 8 de julio de 2021.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública,
Sofía Puente Santiago.
Núm. 168
Jueves 15 de julio de 2021
Sec. II.B. Pág. 84563
Registro electrónico de la Generalitat de Cataluña, en la dirección http://
justicia.gencat.cat/ca/serveis/notaries_i_registres/registradors/
En caso de que se presente más de una solicitud por participante ante la misma o
distinta Administración, únicamente será considerada válida y tenida en cuenta a todos
los efectos, la presentada en primer lugar, quedando automáticamente invalidadas las
restantes solicitudes.
Una vez presentadas las solicitudes, no se podrá desistir de las pretensiones
formuladas en ellas ni modificarlas.
Quinto.
Resolución.
La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y la Dirección General de
Derecho y de Entidades Jurídicas a los efectos de la resolución del concurso en sus
respectivos ámbitos analizarán y examinarán conjuntamente las solicitudes presentadas.
Una vez efectuado ese análisis, la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública dictará Resolución que comprenderá exclusivamente las adjudicaciones respecto
de las vacantes ubicadas en el resto del territorio español, sin incluir los situados en el
territorio de la Comunidad Autónoma de Cataluña. Dicha Resolución se publicará en el
Boletín Oficial del Estado y se comunicará a las Comunidades Autónomas afectadas con
el objeto de que, por el órgano competente de las mismas, se proceda al nombramiento
de los Registradores que deban ocupar plazas situadas en territorio de su competencia.
Sexto.
Recurso.
La presente convocatoria podrá ser impugnada en los casos y en la forma
establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
cve: BOE-A-2021-11783
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 8 de julio de 2021.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública,
Sofía Puente Santiago.