II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpo de Aspirantes a Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles. (BOE-A-2021-11783)
Resolución de 8 de julio de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se anuncian determinados Registros de la Propiedad, radicados en el territorio español, con excepción de la Comunidad Autónoma de Cataluña, para su provisión conforme a lo dispuesto en el artículo 503 del Reglamento Hipotecario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 168

Jueves 15 de julio de 2021

N.º

Comunidad Autónoma

56

Provincia

A Coruña.

57
58

Lugo.

59

Registro vacante

Ordes.
Ortigueira.
Chantada.
Viveiro.
Allariz - Bande Celanova.

60
Comunidad Autónoma de Galicia.
61

Sec. II.B. Pág. 84562

Ourense.

O Barco - A Pobra de
Trives.

62

Ourense N.º 03.

63

Verín - Viana do Bolo.

64

Xinzo de Limia.

65
66

Comunidad Autónoma de Madrid.

Pontevedra.

A Estrada.

Madrid.

Alcalá de Henares N.º
02.

67

Pinto N.º 01.

68 Comunidad Foral de Navarra.

Navarra.

Estella-Lizarra N.º 2.

69

Álava.

Laguardia/Biasteri.

Vizcaya.

Bilbao N.º 05.

La Rioja.

Arnedo.

70

Comunidad Autónoma del País Vasco.

71 Comunidad Autónoma de La Rioja.

Segundo.

Modelo de solicitud.

Las solicitudes, que se ajustarán al modelo publicado como Anexo I y I - 1 de esta
Resolución, estarán accesibles en las siguientes direcciones:
– https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadanos/empleo-publico/concursos-traslados
– http://justicia.gencat.cat/ca/serveis/notaries_i_registres/registradors/
La solicitud para tomar parte en esta convocatoria será única para cada participante,
aunque se soliciten vacantes radicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de
Cataluña y que, por tanto, figuren en la convocatoria de la Dirección General de Derecho
y de Entidades Jurídicas del Departamento de Justicia de la Generalitat de Cataluña.
En la solicitud se indicará el orden de preferencia si se solicitare más de un Registro.

Las solicitudes deben presentarse en el plazo de diez días naturales a contar desde
el día siguiente al de la publicación de las Resoluciones de convocatoria en el Boletín
Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña, o a partir del día
siguiente a la publicación en el último diario oficial, en el caso de que la publicación de
las convocatorias no se haga simultáneamente en ambos, de acuerdo con el régimen de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre. A este efecto, conforme al artículo 31.2 de la
Ley 39/2015 de 1 de octubre, el cómputo del plazo se regirá por la fecha y hora oficial de
las respectivas sedes electrónicas.
Cuarto. Lugar de presentación de las solicitudes.
La solicitud podrá presentarse tanto en la sede electrónica del Ministerio de Justicia,
en la dirección: https://sede.mjusticia.gob.es/es/tramites/solicitudes-escritos como en el

cve: BOE-A-2021-11783
Verificable en https://www.boe.es

Tercero. Plazos de presentación de solicitudes.