III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2021-11865)
Resolución de 1 de julio de 2021, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se publica el Convenio con la Fundación ACS, para la realización de cursos formativos de accesibilidad universal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 168

Jueves 15 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 84882

Séptima. Comisión de Seguimiento.
Con el fin de facilitar la coordinación y el seguimiento del presente Convenio se
constituirá una Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de
cada una de las partes.
Los dos representantes del Real Patronato sobre Discapacidad serán designados por
el Director de dicho organismo y los dos representantes de la Fundación ACS, serán
designados por su Director.
La Comisión se reunirá tantas veces como sea necesario para la buena marcha de
las actuaciones a desarrollar en el marco del Convenio.
La Comisión en su funcionamiento se regirá por lo previsto en el presente Convenio y
supletoriamente por lo estipulado en la sección tercera del capítulo II del título preliminar
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Octava. Modificación del Convenio.
Los términos de este Convenio podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las
partes suscriptoras, dicha modificación se hará efectiva por acuerdo de las partes a
propuesta de la Comisión de Seguimiento, y se incorporará como parte inseparable del
texto del Convenio. En todo caso, la modificación del Convenio exigirá la suscripción del
correspondiente acuerdo de modificación por parte de las entidades firmantes del mismo,
limitándose la Comisión de Seguimiento a proponer que se lleve a cabo dicha
modificación.
Novena.

Protección de datos.

En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas y del
Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se
informa al representante de la Fundación ACS que sus datos personales se incorporan
en ficheros de datos de carácter personal cuya titularidad ostenta el Real Patronato
sobre Discapacidad con la finalidad de gestionar las relaciones institucionales y
Convenios y de agenda de contactos. Se informa asimismo que tiene la posibilidad de
ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición que legalmente le
corresponden mediante carta dirigida al Real Patronato sobre Discapacidad Ref.
Protección de datos, calle Serrano, 140, 28006 Madrid.
Décima.

Plazo de vigencia y efectos.

Undécima.

Extinción y resolución del Convenio.

Serán causas de extinción de este Convenio, las establecidas en el artículo 51 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Será motivo de resolución, el incumplimiento total o parcial de las obligaciones
contenidas en el mismo por alguna de las partes.

cve: BOE-A-2021-11865
Verificable en https://www.boe.es

Siguiendo el contenido del artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el
presente Convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes,
que se materializará a través de la firma, y resultará eficaz una vez inscrito en el plazo de
cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos
e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicado en el
plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado». El
plazo de vigencia del presente Convenio comprenderá desde la fecha de su publicación
en el BOE hasta el 31 de diciembre de 2021. No procede la prórroga del Convenio.