II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias. (BOE-A-2021-11739)
Resolución de 24 de mayo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias, especialidad de Juristas y Psicólogos/as.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 167
Miércoles 14 de julio de 2021
Sec. II.B. Pág. 84030
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen de
similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En
este sentido, para las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su solicitud,
se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.
B)
Periodo de prácticas
El período de prácticas tendrá una duración total inferior a doce meses y se regulará
por Resolución del Secretario General de Instituciones Penitenciarias en la que se fijará
el órgano encargado de efectuar la evaluación, duración de las fases, programa, en el
que se incluirá un módulo en materia de igualdad entre mujeres y hombres, y otro en
materia de violencia de género, materias objeto de evaluación y determinación de los
centros penitenciarios en que se desarrollarán las prácticas.
El periodo de prácticas constará de las dos siguientes fases:
1.ª fase: Formativa.
Consistirá en la impartición de un curso formativo, que se podrá impartir, en una o en
varias sedes y de manera que podrá ser presencial, por videoconferencia o de forma
mixta. Las decisiones que se adopten serán comunicadas a los aspirantes seleccionados
con la antelación suficiente. Esta fase formativa versará sobre las materias propias de la
función asignada a los funcionarios del Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones
Penitenciarias, según su especialidad.
Esta fase será calificada con «Apto» o «No Apto», siendo necesario obtener la
calificación de «Apto», para poder acceder a la segunda fase del período de prácticas.
Las sesiones de este periodo son de carácter obligatorio, y para obtener la calificación
de «Apto» será requisito imprescindible que el alumno haya realizado, al menos, el 80 % del
total de las jornadas lectivas de esta primera fase, con independencia de las causas que
hayan motivado la ausencia.
Esta segunda parte del período de prácticas será calificada con «Apto» o «No Apto»,
siendo necesaria la calificación de «Apto» para superar esta fase y el Período de
Prácticas completo. Las asistencias en este periodo son de carácter obligatorio, y para
obtener la calificación de «Apto» será requisito imprescindible que el aspirante haya
realizado, al menos, el 80 % del total de las jornadas lectivas de esta segunda fase, con
independencia de las causas que hayan motivado la ausencia.
Los centros elevarán propuesta de calificación al órgano encargado de efectuar la
evaluación. Los aspirantes, una vez finalizado y superado el período de prácticas,
permanecerán en los centros penitenciarios desempeñando todas las funciones inherentes
al Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias, hasta la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» de su nombramiento como funcionarios de carrera.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada
a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas,
no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los
aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá
ser valorado por el Tribunal correspondiente, y en todo caso la realización de las mismas
tendrá lugar antes de la publicación de la lista de los aspirantes que han superado el
proceso selectivo.
cve: BOE-A-2021-11739
Verificable en https://www.boe.es
2.ª fase: Prácticas en centros penitenciarios.
Núm. 167
Miércoles 14 de julio de 2021
Sec. II.B. Pág. 84030
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen de
similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En
este sentido, para las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su solicitud,
se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.
B)
Periodo de prácticas
El período de prácticas tendrá una duración total inferior a doce meses y se regulará
por Resolución del Secretario General de Instituciones Penitenciarias en la que se fijará
el órgano encargado de efectuar la evaluación, duración de las fases, programa, en el
que se incluirá un módulo en materia de igualdad entre mujeres y hombres, y otro en
materia de violencia de género, materias objeto de evaluación y determinación de los
centros penitenciarios en que se desarrollarán las prácticas.
El periodo de prácticas constará de las dos siguientes fases:
1.ª fase: Formativa.
Consistirá en la impartición de un curso formativo, que se podrá impartir, en una o en
varias sedes y de manera que podrá ser presencial, por videoconferencia o de forma
mixta. Las decisiones que se adopten serán comunicadas a los aspirantes seleccionados
con la antelación suficiente. Esta fase formativa versará sobre las materias propias de la
función asignada a los funcionarios del Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones
Penitenciarias, según su especialidad.
Esta fase será calificada con «Apto» o «No Apto», siendo necesario obtener la
calificación de «Apto», para poder acceder a la segunda fase del período de prácticas.
Las sesiones de este periodo son de carácter obligatorio, y para obtener la calificación
de «Apto» será requisito imprescindible que el alumno haya realizado, al menos, el 80 % del
total de las jornadas lectivas de esta primera fase, con independencia de las causas que
hayan motivado la ausencia.
Esta segunda parte del período de prácticas será calificada con «Apto» o «No Apto»,
siendo necesaria la calificación de «Apto» para superar esta fase y el Período de
Prácticas completo. Las asistencias en este periodo son de carácter obligatorio, y para
obtener la calificación de «Apto» será requisito imprescindible que el aspirante haya
realizado, al menos, el 80 % del total de las jornadas lectivas de esta segunda fase, con
independencia de las causas que hayan motivado la ausencia.
Los centros elevarán propuesta de calificación al órgano encargado de efectuar la
evaluación. Los aspirantes, una vez finalizado y superado el período de prácticas,
permanecerán en los centros penitenciarios desempeñando todas las funciones inherentes
al Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias, hasta la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» de su nombramiento como funcionarios de carrera.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada
a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas,
no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los
aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá
ser valorado por el Tribunal correspondiente, y en todo caso la realización de las mismas
tendrá lugar antes de la publicación de la lista de los aspirantes que han superado el
proceso selectivo.
cve: BOE-A-2021-11739
Verificable en https://www.boe.es
2.ª fase: Prácticas en centros penitenciarios.