I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2021-11678)
Acuerdo Internacional Administrativo entre la ministra de Educación y Formación Profesional del Reino de España y el ministro de Educación Nacional, Juventud y Deporte de la República Francesa relativo a las Secciones Españolas en Francia y en los centros docentes franceses de enseñanza francesa en el extranjero, hecho en Madrid y París el 15 de marzo de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 167

Miércoles 14 de julio de 2021

Sec. I. Pág. 83877

Constatando que, desde su creación en centros docentes franceses, las secciones
españolas:
– han permitido formar a alumnos en el dominio de la lengua y en el conocimiento
profundo de la cultura francesa y la cultura española, así como favorecer una futura
inserción profesional;
– han contribuido al atractivo cultural del mundo hispanohablante en el sistema
educativo francés y en la sociedad en general;
– se han convertido en un programa fundamental en materia de cooperación
educativa entre Francia y España y han permitido a ambas partes profundizar en sus
intercambios.
Deseando continuar, dentro del límite de sus capacidades y de sus respectivas
disponibilidades presupuestarias anuales para su funcionamiento, con su apoyo y su
ayuda a favor del desarrollo de las secciones españolas en Francia y en los centros
docentes de enseñanza francesa en el extranjero,
Acuerdan, por el presente Acuerdo internacional administrativo, en lo sucesivo
«Acuerdo», precisar las modalidades de creación y funcionamiento de las secciones
españolas y las condiciones de concesión simultánea de los títulos francés y español
que acreditan la superación de los estudios de los alumnos en esas secciones, como
sigue:
Artículo 1. Principales objetivos de la cooperación franco-española en lo relativo a las
secciones españolas.
Las partes procurarán:
– Promover el reconocimiento en Francia, en España y en terceros países de las
secciones españolas y del Baccalauréat option internationale espagnole (OIB) en su
calidad de programa bicultural que responde a los criterios internacionales más
exigentes;
– poner en valor, al término de su recorrido académico en una sección española, la
capacidad de los alumnos que superen el Baccalauréat option internationale espagnole
para cursar con éxito estudios superiores en centros franceses y españoles,
facilitándoles a estos efectos el acceso a dichos centros;
– mantener el carácter bilateral de las secciones españolas, que ofrecen a los
alumnos un itinerario académico bilingüe y bicultural desde la enseñanza primaria hasta
el final de la enseñanza secundaria;
– favorecer la movilidad internacional de estudiantes y docentes entre Francia y
España.
Las secciones españolas.

Una sección española es un programa educativo bilingüe y bicultural en el que
cursan sus estudios alumnos franceses y extranjeros. Este programa permite impartir
una o varias asignaturas parcial o íntegramente en español, conforme a la normativa
francesa relativa a las secciones internacionales. Ofrece a los alumnos un itinerario
formativo que puede ir desde la educación primaria hasta el bachillerato.
Este programa se implanta en centros docentes franceses, así como en los centros
homologados de enseñanza francesa en el extranjero, conforme a la legislación francesa
y sobre la base de acuerdos bilaterales firmados entre la República Francesa y el Reino
de España, así como del presente Acuerdo.
Se fomentará el desarrollo de los itinerarios completos de educación primaria,
secundaria y secundaria superior en un mismo centro escolar o en un grupo de centros
de una misma área geográfica.
Las secciones españolas se enumeran en la Orden anual del Ministerio de
Educación Nacional, Juventud y Deporte de Francia que establece la lista de las

cve: BOE-A-2021-11678
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 2.