III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-11662)
Resolución de 8 de julio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y la Confederación Hidrográfica del Guadiana, O.A., para la prestación de los servicios asociados a la utilización de la aplicación de nómina estándar de la Administración General del Estado NEDAES.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 166
Martes 13 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 83799
Exclusiones.
Quedan expresamente excluidas del ámbito de este Convenio la administración
funcional del aplicativo (parametrización de funciones, administración de usuarios, y
administración de recursos utilizados por la aplicación) y las actividades de
mantenimiento de la infraestructura necesaria para el funcionamiento del aplicativo
NEDAES, como son las siguientes:
a) Instalación inicial de NEDAES.
b) Mantenimiento del hardware, Sistema Operativo, Gestor de Base de Datos y
restantes herramientas no desarrolladas expresamente como parte del aplicativo
NEDAES y utilizadas por el mismo.
c) Funcionamiento de los equipos y sistemas periféricos o complementarios de la
instalación (redes locales, microordenadores e impresoras, etc.)
d) Administración del Sistema Operativo, software del Gestor de Base de Datos y
sus correspondientes herramientas, no desarrolladas expresamente para el aplicativo
NEDAES.
e) Administración de la Base de Datos (monitorización de los recursos,
redimensionamiento y ajuste de la Base de Datos, gestión de copias de seguridad,
optimización de la fragmentación de la base de datos, arranques y paradas de la base de
datos, etc.)
f) Mantenimiento del entorno de explotación (mantenimiento de usuarios del
sistema operativo, optimización de los tiempos de respuesta, desinstalación o
reinstalación de NEDAES por cambio de máquina o Sistema Operativo, etc.)
g) Instalación de parches y versiones.
ANEXO II
Tarifas a aplicar en el presente convenio por la utilización de la aplicación de nómina
estándar de la Administración General del Estado NEDAES» según n.º de perceptores:
N.º de perceptores tratados en la instalación del centro
usuario
Precio anual en euros por tipo
de tarifa
1
De 1 a 500.
2.732,00
2
De 501 a 1000.
5.716,00
3
De 1001 a 1500.
8.951,00
4
Más de 1500.
12.524,00
Se entiende por «Número de perceptores tratados en la instalación NEDAES del
Centro Usuario», el número de perceptores en alta en las nóminas ordinarias del mes en
que se inicie la tramitación del Convenio, que se calcula para todas las habilitaciones de
nómina en el ordenador que alberga una instalación de NEDAES, existentes en todas las
bases de datos de nóminas de pago (excluyendo las de prueba o archivo) que
conformen la instalación. Para determinar este número de perceptores se utilizará la
propia aplicación NEDAES instalada en el Centro mediante los informes E01 de número
de perceptores en nómina ordinaria del mes solicitado, de todas las habilitaciones de
pago (es decir, excluyendo las que sean de prueba) definidas en su instalación de la
aplicación NEDAES. Si no fuera posible la extracción del informe E01 de perceptores por
encontrarse la instalación de NEDAES del Centro Usuario en situación de puesta en
marcha, el número de perceptores se obtendrán del sistema de nómina que en ese
momento esté realizando la confección de dichas nóminas el Centro Usuario,
extrayéndolo por sus propios medios para el mes referido.
cve: BOE-A-2021-11662
Verificable en https://www.boe.es
N.º de tarifa
Núm. 166
Martes 13 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 83799
Exclusiones.
Quedan expresamente excluidas del ámbito de este Convenio la administración
funcional del aplicativo (parametrización de funciones, administración de usuarios, y
administración de recursos utilizados por la aplicación) y las actividades de
mantenimiento de la infraestructura necesaria para el funcionamiento del aplicativo
NEDAES, como son las siguientes:
a) Instalación inicial de NEDAES.
b) Mantenimiento del hardware, Sistema Operativo, Gestor de Base de Datos y
restantes herramientas no desarrolladas expresamente como parte del aplicativo
NEDAES y utilizadas por el mismo.
c) Funcionamiento de los equipos y sistemas periféricos o complementarios de la
instalación (redes locales, microordenadores e impresoras, etc.)
d) Administración del Sistema Operativo, software del Gestor de Base de Datos y
sus correspondientes herramientas, no desarrolladas expresamente para el aplicativo
NEDAES.
e) Administración de la Base de Datos (monitorización de los recursos,
redimensionamiento y ajuste de la Base de Datos, gestión de copias de seguridad,
optimización de la fragmentación de la base de datos, arranques y paradas de la base de
datos, etc.)
f) Mantenimiento del entorno de explotación (mantenimiento de usuarios del
sistema operativo, optimización de los tiempos de respuesta, desinstalación o
reinstalación de NEDAES por cambio de máquina o Sistema Operativo, etc.)
g) Instalación de parches y versiones.
ANEXO II
Tarifas a aplicar en el presente convenio por la utilización de la aplicación de nómina
estándar de la Administración General del Estado NEDAES» según n.º de perceptores:
N.º de perceptores tratados en la instalación del centro
usuario
Precio anual en euros por tipo
de tarifa
1
De 1 a 500.
2.732,00
2
De 501 a 1000.
5.716,00
3
De 1001 a 1500.
8.951,00
4
Más de 1500.
12.524,00
Se entiende por «Número de perceptores tratados en la instalación NEDAES del
Centro Usuario», el número de perceptores en alta en las nóminas ordinarias del mes en
que se inicie la tramitación del Convenio, que se calcula para todas las habilitaciones de
nómina en el ordenador que alberga una instalación de NEDAES, existentes en todas las
bases de datos de nóminas de pago (excluyendo las de prueba o archivo) que
conformen la instalación. Para determinar este número de perceptores se utilizará la
propia aplicación NEDAES instalada en el Centro mediante los informes E01 de número
de perceptores en nómina ordinaria del mes solicitado, de todas las habilitaciones de
pago (es decir, excluyendo las que sean de prueba) definidas en su instalación de la
aplicación NEDAES. Si no fuera posible la extracción del informe E01 de perceptores por
encontrarse la instalación de NEDAES del Centro Usuario en situación de puesta en
marcha, el número de perceptores se obtendrán del sistema de nómina que en ese
momento esté realizando la confección de dichas nóminas el Centro Usuario,
extrayéndolo por sus propios medios para el mes referido.
cve: BOE-A-2021-11662
Verificable en https://www.boe.es
N.º de tarifa