III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-11657)
Resolución de 6 de julio de 2021, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica el Convenio con la Empresa Nacional de Innovación, S.M.E., SA, para el apoyo al emprendimiento y a la pyme innovadora en el sector agroalimentario y el medio rural mediante el desarrollo de la línea de préstamos participativos Línea Pyme Agro.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 166
Martes 13 de julio de 2021
Undécima.
Sec. III. Pág. 83760
Resolución de controversias.
Las controversias a que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o
resolución del presente Convenio, que no hayan sido resueltas por la Comisión de
Seguimiento, se someterán a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de conformidad
con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la citada jurisdicción.
Y en prueba de conformidad así como para la debida constancia, ambas partes
suscriben el presente Convenio por triplicado ejemplar en lugar y fecha en el inicio
indicados.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas Puchades.–El
Consejero Delegado de ENISA, José Antonio Bayón López.
ANEXO I
Manual de análisis de operaciones
ÍNDICE
Introducción.
Proceso de admisión y análisis de solicitudes.
Calificación cuantitativa (solo empresas con históricos).
Calificación cualitativa.
Calificación Plan de Negocio (solo empresas con históricos).
Percepción del analista y garantías.
Exigencia de auditoría externa de cuentas.
Régimen de aprobación de las inversiones.
Límites y diversificación de las inversiones.
1.
Introducción
El presente manual recoge los procesos de admisión y análisis de las solicitudes de
financiación que recibe ENISA, así como los criterios y factores que se aplican para
dicho análisis y la calificación del rating.
Estos criterios y factores permiten estudiar, evaluar y emitir una opinión favorable o
no, de las solicitudes de financiación en función de la viabilidad, solvencia financiera y
capacidad de las empresas para cumplir con las obligaciones derivadas de la
financiación otorgada por ENISA.
El modelo de medición del riesgo en ENISA se basa en la utilización del nivel de
Rating de los clientes/operaciones, tanto como factor determinante para la selección de
inversiones en el proceso de análisis, como expresión de la valoración de la calidad
crediticia de la cartera a través de su mantenimiento actualizado en el proceso de
seguimiento.
Los diferentes niveles de Rating intentan agrupar los activos con características
homogéneas por nivel de riesgo asumido, en base a la probabilidad de incumplimiento, y
en consecuencia, a la pérdida esperada.
Se trata de un modelo básicamente cuantitativo para prestatarios que cuentan con
estados financieros históricos y, teniendo en cuenta la filosofía propia de ENISA, se
incluye un módulo de valoración cualitativa y del plan de negocio, asignándole un peso
mucho mayor a los propios ratios económico-financieros.
2.
Proceso de admisión y análisis de solicitudes
El proceso de admisión, tiene como objetivo decidir sobre la admisión de las
solicitudes de financiación, en base a la idoneidad inicial de la empresa solicitante, así
como la existencia de la información necesaria para el análisis posterior de dicha
solicitud según los requisitos publicados en la página web de ENISA.
cve: BOE-A-2021-11657
Verificable en https://www.boe.es
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Martes 13 de julio de 2021
Undécima.
Sec. III. Pág. 83760
Resolución de controversias.
Las controversias a que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o
resolución del presente Convenio, que no hayan sido resueltas por la Comisión de
Seguimiento, se someterán a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de conformidad
con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la citada jurisdicción.
Y en prueba de conformidad así como para la debida constancia, ambas partes
suscriben el presente Convenio por triplicado ejemplar en lugar y fecha en el inicio
indicados.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas Puchades.–El
Consejero Delegado de ENISA, José Antonio Bayón López.
ANEXO I
Manual de análisis de operaciones
ÍNDICE
Introducción.
Proceso de admisión y análisis de solicitudes.
Calificación cuantitativa (solo empresas con históricos).
Calificación cualitativa.
Calificación Plan de Negocio (solo empresas con históricos).
Percepción del analista y garantías.
Exigencia de auditoría externa de cuentas.
Régimen de aprobación de las inversiones.
Límites y diversificación de las inversiones.
1.
Introducción
El presente manual recoge los procesos de admisión y análisis de las solicitudes de
financiación que recibe ENISA, así como los criterios y factores que se aplican para
dicho análisis y la calificación del rating.
Estos criterios y factores permiten estudiar, evaluar y emitir una opinión favorable o
no, de las solicitudes de financiación en función de la viabilidad, solvencia financiera y
capacidad de las empresas para cumplir con las obligaciones derivadas de la
financiación otorgada por ENISA.
El modelo de medición del riesgo en ENISA se basa en la utilización del nivel de
Rating de los clientes/operaciones, tanto como factor determinante para la selección de
inversiones en el proceso de análisis, como expresión de la valoración de la calidad
crediticia de la cartera a través de su mantenimiento actualizado en el proceso de
seguimiento.
Los diferentes niveles de Rating intentan agrupar los activos con características
homogéneas por nivel de riesgo asumido, en base a la probabilidad de incumplimiento, y
en consecuencia, a la pérdida esperada.
Se trata de un modelo básicamente cuantitativo para prestatarios que cuentan con
estados financieros históricos y, teniendo en cuenta la filosofía propia de ENISA, se
incluye un módulo de valoración cualitativa y del plan de negocio, asignándole un peso
mucho mayor a los propios ratios económico-financieros.
2.
Proceso de admisión y análisis de solicitudes
El proceso de admisión, tiene como objetivo decidir sobre la admisión de las
solicitudes de financiación, en base a la idoneidad inicial de la empresa solicitante, así
como la existencia de la información necesaria para el análisis posterior de dicha
solicitud según los requisitos publicados en la página web de ENISA.
cve: BOE-A-2021-11657
Verificable en https://www.boe.es
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