I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Salud pública. (BOE-A-2021-11617)
Decreto-ley 5/2021, de 7 de mayo, por el que se modifican la Ley 16/2010, de 28 de diciembre, de Salud Pública de las Illes Balears, y el Decreto-ley 11/2020, de 10 de julio, por el que se establece un régimen sancionador específico para hacer frente a los incumplimientos de las disposiciones dictadas para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 166
Martes 13 de julio de 2021
Sec. I. Pág. 83514
Disposición derogatoria única. Normas que se derogan.
Se derogan todas las normas de rango igual o inferior a este decreto ley que lo
contradigan o se opongan a él.
Disposición final única. Vigencia.
Este decreto ley entrará en vigor a las 00.00 horas de día 9 de mayo de 2021.
Palma, 7 de mayo de 2021.–La Consejera de Presidencia, Función Pública e
Igualdad, Mercedes Garrido Rodríguez.–La Consejera de Salud y Consumo, Patricia
Gómez i Picard.–La Presidenta, Francesca Lluch Armengol i Socias.
cve: BOE-A-2021-11617
Verificable en https://www.boe.es
(Publicado en el «Boletín Oficial de las Illes Balears» número 60, de 8 de mayo de 2021. Convalidado por
Resolución del Parlamento de las Illes Balears, publicada en el «Boletín Oficial de las Illes Balears» número 79,
de 15 de junio de 2021)
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 166
Martes 13 de julio de 2021
Sec. I. Pág. 83514
Disposición derogatoria única. Normas que se derogan.
Se derogan todas las normas de rango igual o inferior a este decreto ley que lo
contradigan o se opongan a él.
Disposición final única. Vigencia.
Este decreto ley entrará en vigor a las 00.00 horas de día 9 de mayo de 2021.
Palma, 7 de mayo de 2021.–La Consejera de Presidencia, Función Pública e
Igualdad, Mercedes Garrido Rodríguez.–La Consejera de Salud y Consumo, Patricia
Gómez i Picard.–La Presidenta, Francesca Lluch Armengol i Socias.
cve: BOE-A-2021-11617
Verificable en https://www.boe.es
(Publicado en el «Boletín Oficial de las Illes Balears» número 60, de 8 de mayo de 2021. Convalidado por
Resolución del Parlamento de las Illes Balears, publicada en el «Boletín Oficial de las Illes Balears» número 79,
de 15 de junio de 2021)
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X