I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Vivienda. (BOE-A-2021-11616)
Decreto-ley 4/2021, de 3 de mayo, para impulsar y agilizar la tramitación de ayudas y otras actuaciones en materia de vivienda.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 13 de julio de 2021
Sec. I. Pág. 83475
máximo número de personas que cumplan los requisitos, como ya se hizo de forma
extraordinaria en las convocatorias del año 2020.
En cuanto a los programas de ayudas para el alquiler que gestiona la Consejería de
Movilidad y Vivienda, estos se dirigen a beneficiarios que ya disponen de un contrato
vigente de alquiler de una vivienda y las ayudas son para facilitar el pago de las rentas.
La crisis económica y social por la COVID-19 ha incrementado, como se ha
expuesto, el número de desahucios y lanzamientos iniciados por impago de los
alquileres o por ocupación de viviendas. Buena parte de estos procedimientos judiciales
que afectan a personas en situación de vulnerabilidad económica se encuentra
suspendida actualmente en virtud del Real Decreto Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el
que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico
para hacer frente a la COVID-19, medida extraordinaria vinculada al estado de alarma y
que, por lo tanto, no tiene una vigencia indefinida. El incremento previsible de solicitudes
de vivienda que se producirá cuando desaparezca esta suspensión hace imprescindible
una actuación decidida y urgente de las administraciones públicas para darle respuesta.
Para paliar esta situación, la Consejería de Movilidad y Vivienda impulsa la cesión
temporal de las viviendas desocupadas que pertenecen a grandes tenedores, a efectos
de destinarlas a alquiler social, promueve la construcción de viviendas protegidas y
ejerce el derecho de adquisición preferente previsto en la Ley 5/2018 con el fin de
incrementar el patrimonio público de la vivienda. Por otro lado, se han firmado convenios
de colaboración con varias administraciones públicas, mediante los que se han puesto a
disposición 67 viviendas públicas para que las diferentes administraciones, en el marco
de sus competencias, puedan ofrecer una alternativa habitacional a los diferentes
colectivos vulnerables a los que atienden y 13 viviendas más para crear una red de
alojamiento de carácter transitorio para poder dar cobertura a las necesidades
temporales de vivienda derivadas de situaciones de emergencia.
Entre 2020 y 2021 el parque de viviendas de gestión pública se incrementará en
como mínimo 1.118 viviendas, de las que 902 corresponden a nuevas promociones de
vivienda de protección oficial por parte del IBAVI. Esto supondrá un incremento muy
significativo del parque de viviendas públicas destinadas a alquiler social, pero a pesar
de las medidas adoptadas, la demanda de viviendas protegidas en la comunidad
autónoma de las Illes Balears excede en mucho la oferta de vivienda pública.
Por este motivo, y con el fin de ampliar el parque público de vivienda en propiedad o
en cesión de uso, durante 2020 se han puesto a disposición del IBAVI 3 millones de
euros destinados al ejercicio de los derechos de tanteo y retracto de viviendas de
grandes tenedores y 2 millones de euros para afrontar las indemnizaciones que se tienen
que pagar a los grandes tenedores como compensación por la cesión temporal de
viviendas desocupadas. Durante 2021 se han incrementado todavía más las partidas
destinadas al ejercicio de los derechos de tanteo y retracto de inmuebles de grandes
tenedores y, así, el primer trimestre del 2021 se ha transferido al IBAVI la cantidad total
de 5,4 millones de euros para esta finalidad.
Desde la aprobación del Decreto Ley 3/2020 se han recibido notificaciones para
ejercer el derecho de tanteo o retracto con relación a la transmisión de 853 inmuebles de
grandes tenedores, 62 durante 2020 y 791 en 2021. La Administración autonómica, a
través del IBAVI, ha acordado durante este tiempo la adquisición de 38 inmuebles de
grandes tenedores por un valor cercano a 4,2 millones de euros y hay otros expedientes
en trámite.
La experiencia adquirida en la tramitación de estos expedientes y el aumento del
volumen de notificaciones de transmisiones sujetas pone de manifiesto la necesidad de
mejorar la eficiencia y eficacia de los derechos de tanteo y retracto sobre viviendas y
suelo de los grandes tenedores. En este sentido es preciso maximizar las opciones de
ampliación del parque público de vivienda incorporando la posibilidad de que las
viviendas o el suelo que no compre la Administración autonómica pueda ser adquirido
por los consejos insulares, los ayuntamientos y otras entidades de capital
mayoritariamente público. También hay que mejorar la regulación de estos derechos
cve: BOE-A-2021-11616
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 166
Martes 13 de julio de 2021
Sec. I. Pág. 83475
máximo número de personas que cumplan los requisitos, como ya se hizo de forma
extraordinaria en las convocatorias del año 2020.
En cuanto a los programas de ayudas para el alquiler que gestiona la Consejería de
Movilidad y Vivienda, estos se dirigen a beneficiarios que ya disponen de un contrato
vigente de alquiler de una vivienda y las ayudas son para facilitar el pago de las rentas.
La crisis económica y social por la COVID-19 ha incrementado, como se ha
expuesto, el número de desahucios y lanzamientos iniciados por impago de los
alquileres o por ocupación de viviendas. Buena parte de estos procedimientos judiciales
que afectan a personas en situación de vulnerabilidad económica se encuentra
suspendida actualmente en virtud del Real Decreto Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el
que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico
para hacer frente a la COVID-19, medida extraordinaria vinculada al estado de alarma y
que, por lo tanto, no tiene una vigencia indefinida. El incremento previsible de solicitudes
de vivienda que se producirá cuando desaparezca esta suspensión hace imprescindible
una actuación decidida y urgente de las administraciones públicas para darle respuesta.
Para paliar esta situación, la Consejería de Movilidad y Vivienda impulsa la cesión
temporal de las viviendas desocupadas que pertenecen a grandes tenedores, a efectos
de destinarlas a alquiler social, promueve la construcción de viviendas protegidas y
ejerce el derecho de adquisición preferente previsto en la Ley 5/2018 con el fin de
incrementar el patrimonio público de la vivienda. Por otro lado, se han firmado convenios
de colaboración con varias administraciones públicas, mediante los que se han puesto a
disposición 67 viviendas públicas para que las diferentes administraciones, en el marco
de sus competencias, puedan ofrecer una alternativa habitacional a los diferentes
colectivos vulnerables a los que atienden y 13 viviendas más para crear una red de
alojamiento de carácter transitorio para poder dar cobertura a las necesidades
temporales de vivienda derivadas de situaciones de emergencia.
Entre 2020 y 2021 el parque de viviendas de gestión pública se incrementará en
como mínimo 1.118 viviendas, de las que 902 corresponden a nuevas promociones de
vivienda de protección oficial por parte del IBAVI. Esto supondrá un incremento muy
significativo del parque de viviendas públicas destinadas a alquiler social, pero a pesar
de las medidas adoptadas, la demanda de viviendas protegidas en la comunidad
autónoma de las Illes Balears excede en mucho la oferta de vivienda pública.
Por este motivo, y con el fin de ampliar el parque público de vivienda en propiedad o
en cesión de uso, durante 2020 se han puesto a disposición del IBAVI 3 millones de
euros destinados al ejercicio de los derechos de tanteo y retracto de viviendas de
grandes tenedores y 2 millones de euros para afrontar las indemnizaciones que se tienen
que pagar a los grandes tenedores como compensación por la cesión temporal de
viviendas desocupadas. Durante 2021 se han incrementado todavía más las partidas
destinadas al ejercicio de los derechos de tanteo y retracto de inmuebles de grandes
tenedores y, así, el primer trimestre del 2021 se ha transferido al IBAVI la cantidad total
de 5,4 millones de euros para esta finalidad.
Desde la aprobación del Decreto Ley 3/2020 se han recibido notificaciones para
ejercer el derecho de tanteo o retracto con relación a la transmisión de 853 inmuebles de
grandes tenedores, 62 durante 2020 y 791 en 2021. La Administración autonómica, a
través del IBAVI, ha acordado durante este tiempo la adquisición de 38 inmuebles de
grandes tenedores por un valor cercano a 4,2 millones de euros y hay otros expedientes
en trámite.
La experiencia adquirida en la tramitación de estos expedientes y el aumento del
volumen de notificaciones de transmisiones sujetas pone de manifiesto la necesidad de
mejorar la eficiencia y eficacia de los derechos de tanteo y retracto sobre viviendas y
suelo de los grandes tenedores. En este sentido es preciso maximizar las opciones de
ampliación del parque público de vivienda incorporando la posibilidad de que las
viviendas o el suelo que no compre la Administración autonómica pueda ser adquirido
por los consejos insulares, los ayuntamientos y otras entidades de capital
mayoritariamente público. También hay que mejorar la regulación de estos derechos
cve: BOE-A-2021-11616
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Núm. 166