III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Términos municipales. (BOE-A-2021-11670)
Decreto 286/2021, de 22 de junio, por el que se aprueba la alteración de los términos municipales de Sant Fruitós de Bages y de Santpedor.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 13 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 83833

1. Aprobar la alteración de los términos municipales de Sant Fruitós de Bages y de
Santpedor mediante la modificación de un tramo de la línea de término en la zona de
Comabella, entre el mojón primero y el mojón segundo, y la consiguiente segregación y
agregación recíproca de territorio entre estos municipios.
2. La nueva delimitación entre los términos municipales de Sant Fruitós de Bages y
de Santpedor es la que consta en los planos a escala 1:5.000 de las páginas doscientos
cincuenta y cinco y doscientos cincuenta seis del expediente administrativo y que, a
efectos ilustrativos, se reproduce como anexo en este Decreto.
3. El Departamento de la Presidencia tiene que efectuar el amojonamiento de los
términos municipales de acuerdo con lo que establece el artículo 35 del
Decreto 244/2007, de 6 de noviembre, por el que se regula la constitución y la
demarcación territorial de los municipios, de las entidades municipales descentralizadas
y de las mancomunidades de Cataluña.
4. La modificación del límite del término no supone ningún cambio en la titularidad
de los bienes, derechos, acciones, usos públicos y aprovechamientos, ni tampoco de las
obligaciones, deudas y cargas, ni del personal, de los ayuntamientos afectados, tal como
se acredita en la documentación que consta en el expediente.
5. Cada uno de los ayuntamientos afectados entregará al otro, mediante copia
autenticada, los expedientes en trámite que hagan referencia exclusiva a la zona objeto
de la alteración.
Barcelona, 22 de junio de 2021.–El Presidente de la Generalitat de Catalunya, Pere
Aragonès i Garcia.–La Consejera de la Presidencia, Laura Vilagrà Pons.

cve: BOE-A-2021-11670
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Núm. 166