III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2021-11600)
Resolución de 6 de julio de 2021, de la Dirección General del Agua, por la que se publica el Convenio con la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A., el Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Parres, para la reducción del riesgo de inundación en el núcleo urbano de Arriondas (Asturias).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 12 de julio de 2021

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de 2020), y facultado para este acto por Acuerdo del Consejo de Gobierno, adoptado en
su reunión de fecha 29 de diciembre de 2020 y de 11 de junio 2021.
De otra parte, don Emilio García Longo, Alcalde del Ayuntamiento de Parres,
nombrado en el Pleno de Constitución de fecha 15 de junio de 2019, en ejercicio de las
atribuciones conferidas por la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de
Régimen Local.
Los comparecientes se reconocen mutuamente con capacidad legal suficiente para
la firma del presente Convenio, y a tal efecto,
EXPONEN
I. La Constitución Española reconoce en su artículo 45, como principio rector de la
política social y económica, el derecho de disfrutar de un medio ambiente adecuado para
el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo y la obligación de los
poderes públicos de velar por la utilización racional de todos los recursos naturales, con
el fin de proteger y mejorar la calidad de vida y defender y restaurar el medio ambiente,
apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.
II. El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico es el
Departamento competente en el ámbito de la Administración General del Estado para la
propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de lucha contra el cambio
climático, protección del patrimonio natural, de la biodiversidad y del mar, agua, y
energía para la transición a un modelo productivo y social más ecológico.
Corresponde al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en el
ámbito de las competencias del Estado, la elaboración de la legislación estatal en
materia de aguas y costas, medio ambiente, meteorología y climatología; la gestión
directa del dominio público hidráulico, del dominio público marítimo-terrestre; la
representación del Estado en los organismos internacionales correspondientes a estas
materias, sin perjuicio de las competencias del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión
Europea y Cooperación; así como la coordinación de actuaciones, la cooperación y la
concertación en el diseño y aplicación de todas las políticas que afecten al ámbito de
competencias de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales, propiciando
su participación a través de los órganos e instrumentos de cooperación adecuados.
Por su parte, la Secretaría de Estado de Medio Ambiente es el órgano directamente
responsable de la definición, propuesta y ejecución de las políticas del Ministerio
referentes a la definición de los objetivos y programas derivados de la Directiva Marco
del Agua y la gestión directa del dominio público hidráulico.
III. La Confederación Hidrográfica del Cantábrico, en el ámbito de su Demarcación
Hidrográfica, de acuerdo con el artículo 23 del texto refundido de la Ley de Aguas (en
adelante, TRLA), tiene entre sus competencias la administración y protección del
dominio público hidráulico, así como el proyecto, construcción y explotación de las obras
realizadas con cargo a los fondos propios del Organismo, y las que le sean
encomendadas por el Estado.
IV. En el ámbito de las competencias de la Comunidad Autónoma del Principado de
Asturias, en virtud del Decreto 13/2019, de 24 de julio, del Presidente del Principado de
Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración del
Principado de Asturias, modificado por los Decretos 26/2019, de 24 de agosto, y 6/2020,
de 23 de junio, del Presidente del Principado, corresponden a la Consejería de
Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, entre otras, las
competencias en materia de medio ambiente y cambio climático; siendo la Dirección
General de Calidad Ambiental y Cambio Climático, en virtud del Decreto 33/2020, de 2
de julio, por el que el que se establece la estructura orgánica básica de la citada
Consejería, la encargada de la planificación y ejecución de las políticas de calidad
ambiental de la Comunidad Autónoma, entre las que se encuentra la relativa a la
prevención, mitigación y adaptación al cambio climático, así como del desarrollo de

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