III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2021-11603)
Resolución de 5 de julio de 2021, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio entre el Centro de Referencia Estatal de Atención a Personas con Enfermedad de Alzheimer y otras Demencias de Salamanca y la Fundación General de la Universidad de Salamanca, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 165

Lunes 12 de julio de 2021

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real decreto-ley. En la adenda se determinará la aportación económica de las partes para
cubrir las cotizaciones de la Seguridad Social de los estudiantes, comprendiendo como
mínimo un intervalo de aportaciones mínimas y máximas que se prevean hacer por cada
firmante.
Quinta.

Programa formativo y desarrollo de las prácticas.

Las prácticas externas estarán sujetas a lo establecido en las normas citadas en la
parte expositiva y tendrán la duración que establezca el plan de estudios
correspondiente. Asimismo, los contenidos de la práctica se definirán de forma que
aseguren la relación directa de las competencias a adquirir con los estudios cursados.
Las condiciones concretas de las prácticas de cada alumno, el horario, actividades a
realizar y demás condiciones que se consideren necesarias para su realización serán
fijadas de común acuerdo por los representantes designados por el Centro de Referencia
Estatal de Atención a Personas con Enfermedad de Alzheimer y otras Demencias y la
Fundación General de la Universidad de Salamanca y se establecerán conforme al
anexo técnico de este Convenio, a suscribir por las personas designadas por la
Fundación General de la Universidad de Salamanca, por el Centro de Referencia Estatal
de Atención a Personas con Enfermedad de Alzheimer y otras Demencias, del Imserso y
por el estudiante.
La Fundación General de la Universidad de Salamanca excluirá a los alumnos en los
siguientes casos:
– Faltas reiteradas de asistencia o puntualidad no justificadas.
– Actitud incorrecta o falta de aprovechamiento, previa audiencia del interesado.
– Incumplimiento del deber de confidencialidad, sin perjuicio de las
responsabilidades a que hubiera lugar como consecuencia de este incumplimiento, a
tenor de la legislación vigente en la materia.

Se constituye una Comisión Mixta integrada por dos representantes nombrados por
cada una de las partes, a la que corresponde, el seguimiento y evaluación de las
actividades previstas en el presente Convenio, velar por el cabal cumplimiento de los
objetivos comunes perseguidos por ambas partes y resolver los problemas de
interpretación y cumplimiento que puedan plantearse.
Uno de los dos representantes, de cada una de las partes, será un tutor nombrado
por la Fundación General de la Universidad de Salamanca y otro por el Imserso a través
del Centro de Referencia Estatal de Atención a Personas con Enfermedad de Alzheimer
y otras Demencias, para la coordinación y el seguimiento de las actividades formativas
que garantice la orientación y la consulta del alumno/a, así como las relaciones con el
Imserso a través del Director del Centro de Referencia Estatal de Atención a Personas
con Enfermedad de Alzheimer y otras Demencias del Imserso en Salamanca.
La Comisión Mixta constituirá el cauce estable de comunicación entre el Imserso y la
Fundación General de la Universidad de Salamanca. La propia comisión, una vez
constituida, decidirá su régimen de reuniones y de adopción válida de acuerdos.
La comisión en su funcionamiento se regirá por lo previsto en el presente Convenio y
supletoriamente por lo estipulado en la Sección tercera, del Capítulo II, del Título
Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Séptima. Realización y seguimiento de las prácticas.
Para la realización y el seguimiento de las prácticas el tutor designado por el Centro
de Referencia Estatal de Atención a Personas con Enfermedad de Alzheimer y otras
Demencias del Imserso, se encargará de organizar la actividad a desarrollar conforme al
programa formativo, así como de la supervisión y seguimiento del estudiante y de la
valoración de sus prácticas.

cve: BOE-A-2021-11603
Verificable en https://www.boe.es

Sexta. Comisión Mixta.