I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA. Colegios profesionales. (BOE-A-2021-11514)
Ley 3/2021, de 28 de mayo, por la que se crea el Colegio Oficial de Licenciados y Graduados en Ciencias Ambientales de Castilla-La Mancha.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 165

Lunes 12 de julio de 2021

Sec. I. Pág. 82880

I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA
11514

Ley 3/2021, de 28 de mayo, por la que se crea el Colegio Oficial de
Licenciados y Graduados en Ciencias Ambientales de Castilla-La Mancha.

Las Cortes de Castilla-La Mancha han aprobado y yo, en nombre del Rey, promulgo
la siguiente ley.

El artículo 32.5 del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha atribuye a la Junta
de Comunidades de Castilla-La Mancha, en el marco de la legislación básica del Estado
y, en su caso, en los términos que esta establezca, el desarrollo legislativo y la ejecución
en materia de corporaciones de derecho público representativas de intereses
económicos y profesionales.
En ejercicio de esta competencia se promulgó la Ley 10/1999, de 26 de mayo, de
Creación de Colegios Profesionales de Castilla-La Mancha, en cuyo artículo 10 se
establece que la creación de nuevos colegios profesionales, en todo o parte del territorio
de la región castellano-manchega, se acordará por ley de las Cortes de Castilla-La
Mancha, cuyo proyecto ha de ser elaborado por el Consejo de Gobierno, previa petición
mayoritaria fehacientemente expresada de los profesionales interesados, sin perjuicio de
la iniciativa legislativa establecida en el Estatuto de Autonomía respecto a las
proposiciones de ley. Por su parte, el Decreto 172/2002, de 10 de diciembre, de
desarrollo de la Ley 10/1999, de 26 de mayo, de Creación de Colegios Profesionales de
Castilla-La Mancha, regula el procedimiento que hay que tramitar para la creación de un
nuevo colegio profesional.
La Asociación de Ciencias Ambientales de Castilla-La Mancha, en representación de
estos profesionales, solicitó la creación de un colegio oficial de su profesión en CastillaLa Mancha, dando lugar al procedimiento de cuya tramitación se deriva la presente ley.
El ejercicio de la profesión a la que representa esta asociación exige una formación
académica que viene apoyada por la titulación oficial reconocida por el Real
Decreto 2083/1994, de 20 de octubre, por el que se establece el título universitario oficial
de Licenciado en Ciencias Ambientales y se aprueban las directrices generales propias
de los planes de estudio conducentes a la obtención de aquél, modificado por los Reales
Decretos 1561/1997, de 10 de octubre, y 371/2001, de 6 de abril.
Posteriormente, se ha creado el título oficial de Graduado en Ciencias Ambientales,
de acuerdo con lo previsto en el artículo 12 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de
octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
La Constitución Española, en su artículo 45, establece la protección del medio
ambiente como un principio de actuación de los poderes públicos, que velarán por la
utilización racional de los recursos naturales, adoptando las medidas conducentes a su
protección, defensa y restauración. Todo ello sin olvidar que el deterioro progresivo del
medio ambiente supone en la práctica un impacto negativo sobre el derecho a la
protección de la salud pública, consagrado en el artículo 43 del mismo texto
constitucional. En el mismo sentido, el artículo 4 del Estatuto de Autonomía de CastillaLa Mancha señala que la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ejercerá sus
poderes con el objetivo básico de fomentar la calidad de vida, mediante la protección de
la naturaleza y del medio ambiente.
Desde la perspectiva del interés público, la creación del Colegio Oficial de
Licenciados y Graduados en Ciencias Ambientales de Castilla-La Mancha, en el que se
integren profesionales que, disponiendo de los conocimientos y la titulación necesaria y

cve: BOE-A-2021-11514
Verificable en https://www.boe.es

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS