III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2021-11490)
Orden HAC/732/2021, de 7 de julio, por la que se publica el Convenio con la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar y el Ayuntamiento de Tarifa, para la financiación de inversiones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164

Sábado 10 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 82748

Tercera. Obligaciones asumidas por la Administración General del Estado.
El Ministerio de Hacienda, en virtud de este Convenio, asume las siguientes
obligaciones:
a) Otorgar una subvención nominativa a la Mancomunidad de Municipios del
Campo de Gibraltar, por un importe máximo de 1.438.689,41 euros, para realizar
inversiones en el municipio de Tarifa, que se financiará con cargo a los créditos de la
Sección 37, Servicio 02, Secretaría General de Financiación Autonómica y Local.
Entidades Locales, Programa 942N, Otras transferencias a Entidades Locales,
capítulo 7, Transferencias de capital, Aplicación 765, «Para financiar inversiones en los
municipios del Campo de Gibraltar», conforme a lo establecido en la disposición
adicional centésima décima de la Ley 11/2020, de 30 de octubre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2021.
b) Transferir la mencionada cantidad una vez que se acredite por la Mancomunidad
la adjudicación de las inversiones previstas en el presente Convenio.
Cuarta.

Obligaciones asumidas por la Mancomunidad.

En virtud del presente Convenio, la Mancomunidad de Municipios del Campo de
Gibraltar asume las siguientes obligaciones:
a) Destinar, durante la vigencia del presente Convenio, el importe de la subvención
otorgada por la Administración General del Estado, a realizar las inversiones
contempladas en el anexo al presente Convenio, que podrá ejecutar directamente,
mediante cualquiera de las formas previstas en la legislación sobre contratos del Sector
Público, o mediante encargo a medios propios personificados.
b) Acreditar, mediante certificado emitido por el titular de la Intervención u órgano
de control equivalente, las cantidades adjudicadas y comprometidas correspondientes a
las inversiones que figuran en el anexo al presente Convenio.
c) Acreditar, mediante la aportación de los certificados correspondientes, que han
de estar vigentes en el momento del pago efectivo, que la Mancomunidad se encuentra
al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social,
así como no ser deudor por resolución de procedencia de reintegro.
d) Las inversiones subvencionadas incluirán el logotipo del Gobierno y del
Ministerio de Hacienda y la presencia institucional del Estado y del Ministerio en las
acciones de difusión que sean más adecuadas al objeto subvencionado y que podrán
consistir en leyendas relativas a la financiación pública en carteles, placas
conmemorativas, materiales impresos, medios electrónicos o audiovisuales, o bien en
menciones realizadas en medios de comunicación, siendo de aplicación lo establecido
en la disposición adicional segunda del Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre,
por el que se establecen criterios de imagen institucional y se regula la producción
documental y el material impreso de la Administración General del Estado.
e) Justificar las inversiones ejecutadas con cargo a la subvención recibida,
mediante la presentación de la correspondiente cuenta justificativa de acuerdo con lo
dispuesto en la cláusula Séptima de este Convenio.

El Ayuntamiento de Tarifa muestra su conformidad expresa a la realización de las
inversiones mencionadas en su municipio y a que la subvención se perciba íntegramente
por la Mancomunidad, comprometiéndose a colaborar con dicha entidad en la ejecución
de las inversiones y en el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el presente
Convenio.

cve: BOE-A-2021-11490
Verificable en https://www.boe.es

Quinta. Obligaciones asumidas por el Ayuntamiento de Tarifa.