III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2021-11490)
Orden HAC/732/2021, de 7 de julio, por la que se publica el Convenio con la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar y el Ayuntamiento de Tarifa, para la financiación de inversiones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164
Sábado 10 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 82747
para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos
o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Cinco. Por la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local se adoptarán
las medidas oportunas para el cumplimiento de lo señalado en la presente disposición en
relación a la gestión de los créditos correspondientes a estas subvenciones.
Cuarto.
La Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar ha realizado una propuesta
que contiene las actuaciones a realizar en los diferentes municipios de la comarca,
señalando la cantidad que corresponde financiar para las inversiones a realizar en cada
uno de los referidos municipios de la Comarca.
Quinto.
Entre las competencias que tiene asumidas la Mancomunidad, se encuentran las de
recogida, tratamiento y eliminación de residuos urbanos e industriales, fomentando el
aprovechamiento de tales residuos mediante la adecuada recuperación, en su caso, de
los mismos, que le han encomendado los ayuntamientos de la comarca, de conformidad
con los artículos 20 a 22 de los Estatutos de la Mancomunidad de Municipios del Campo
de Gibraltar, aprobados definitivamente por su Junta de Comarca en sesión plenaria
celebrada el día 1 de agosto de 2014 (BOJA núm. 214, de fecha 3 de noviembre
de 2014), modificados posteriormente por acuerdo adoptado por este órgano colegiado
en sesión celebrada el 7 de mayo de 2019 (BOJA núm. 139, de fecha 22 de julio
de 2019).
Por cuanto antecede, y reconociéndose capacidad legal suficiente, las partes
suscriben el presente Convenio de colaboración, de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del Convenio.
Segunda.
Eficacia y duración del Convenio.
El presente Convenio resultará eficaz una vez inscrito en el registro electrónico
estatal de órganos e instrumentos de cooperación del sector público estatal, y publicado
en el «Boletín Oficial del Estado».
La vigencia del Convenio finalizará el 30 de septiembre de 2022.
cve: BOE-A-2021-11490
Verificable en https://www.boe.es
El presente Convenio tiene por objeto regular una subvención nominativa a favor de
la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar por importe
de 1.438.689,41 euros para la financiación de determinadas inversiones para la
adquisición de equipos y la renovación integral del sistema de gestión del servicio de
recogida de residuos, que gestiona dicha entidad en virtud de lo dispuesto en el
artículo 20 de sus estatutos.
Se prevé la realización en el municipio de Tarifa de las inversiones que se detallan en
el anexo al presente Convenio. A estos efectos, la asignación de los importes a cada uno
de los conceptos de inversión que se detallan tienen carácter estimativo y podrán ser
reasignados por la Mancomunidad, sin que el importe total de las actuaciones
financiables pueda superar el importe de la mencionada subvención.
La inclusión de nuevas las inversiones a ejecutar en el sistema de gestión de
recogida de residuos, diferentes de las que figuran en el anexo, deberá ser autorizada
por la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, previa solicitud de la
Mancomunidad.
Núm. 164
Sábado 10 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 82747
para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos
o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Cinco. Por la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local se adoptarán
las medidas oportunas para el cumplimiento de lo señalado en la presente disposición en
relación a la gestión de los créditos correspondientes a estas subvenciones.
Cuarto.
La Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar ha realizado una propuesta
que contiene las actuaciones a realizar en los diferentes municipios de la comarca,
señalando la cantidad que corresponde financiar para las inversiones a realizar en cada
uno de los referidos municipios de la Comarca.
Quinto.
Entre las competencias que tiene asumidas la Mancomunidad, se encuentran las de
recogida, tratamiento y eliminación de residuos urbanos e industriales, fomentando el
aprovechamiento de tales residuos mediante la adecuada recuperación, en su caso, de
los mismos, que le han encomendado los ayuntamientos de la comarca, de conformidad
con los artículos 20 a 22 de los Estatutos de la Mancomunidad de Municipios del Campo
de Gibraltar, aprobados definitivamente por su Junta de Comarca en sesión plenaria
celebrada el día 1 de agosto de 2014 (BOJA núm. 214, de fecha 3 de noviembre
de 2014), modificados posteriormente por acuerdo adoptado por este órgano colegiado
en sesión celebrada el 7 de mayo de 2019 (BOJA núm. 139, de fecha 22 de julio
de 2019).
Por cuanto antecede, y reconociéndose capacidad legal suficiente, las partes
suscriben el presente Convenio de colaboración, de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del Convenio.
Segunda.
Eficacia y duración del Convenio.
El presente Convenio resultará eficaz una vez inscrito en el registro electrónico
estatal de órganos e instrumentos de cooperación del sector público estatal, y publicado
en el «Boletín Oficial del Estado».
La vigencia del Convenio finalizará el 30 de septiembre de 2022.
cve: BOE-A-2021-11490
Verificable en https://www.boe.es
El presente Convenio tiene por objeto regular una subvención nominativa a favor de
la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar por importe
de 1.438.689,41 euros para la financiación de determinadas inversiones para la
adquisición de equipos y la renovación integral del sistema de gestión del servicio de
recogida de residuos, que gestiona dicha entidad en virtud de lo dispuesto en el
artículo 20 de sus estatutos.
Se prevé la realización en el municipio de Tarifa de las inversiones que se detallan en
el anexo al presente Convenio. A estos efectos, la asignación de los importes a cada uno
de los conceptos de inversión que se detallan tienen carácter estimativo y podrán ser
reasignados por la Mancomunidad, sin que el importe total de las actuaciones
financiables pueda superar el importe de la mencionada subvención.
La inclusión de nuevas las inversiones a ejecutar en el sistema de gestión de
recogida de residuos, diferentes de las que figuran en el anexo, deberá ser autorizada
por la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, previa solicitud de la
Mancomunidad.