III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2021-11433)
Resolución 420/38271/2021, de 2 de julio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universitat de València, para la realización de prácticas externas en la Subdelegación de Defensa en Valencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163
Viernes 9 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 82085
Tanto la Universitat de València como el Ministerio de Defensa, se autorizan
mutuamente como entidades colaboradoras a hacer uso de sus respectivos logotipos
exclusivamente para las acciones recogidas en el presente Convenio.
Decimotercera.
Causas de extinción.
El presente Convenio quedará extinguido cuando concurra alguna de las
circunstancias recogidas en el artículo 51, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, así como las siguientes causas de resolución no
previstas en el mismo artículo:
a) Mutuo acuerdo expreso entre las partes, sin que se deriven costes económicos
para ninguna de ellas.
b) Necesidades del Ministerio de Defensa o de la Universitat de València.
c) Solicitud de una de las partes.
La comunicación a la otra parte de la decisión de resolución del presente Convenio
se realizará mediante denuncia expresa por escrito con un mes de antelación a la fecha
de su efectividad. En todo caso, si mediada la notificación de rescisión algún alumno se
encontrase realizando prácticas, el Convenio seguirá efectivo hasta la finalización de las
mismas.
En cuanto a los efectos de la resolución del Convenio se estará a lo dispuesto en el
artículo 52 de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.
cve: BOE-A-2021-11433
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente Convenio en
dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha arriba indicada.–Por el
Ministerio de Defensa, la Subsecretaria de Defensa, María Amparo Valcarce García.–Por
la Universitat de València, la Rectora Magfca. de la Universitat de València, María
Vicenta Mestre Escrivá.
Núm. 163
Viernes 9 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 82085
Tanto la Universitat de València como el Ministerio de Defensa, se autorizan
mutuamente como entidades colaboradoras a hacer uso de sus respectivos logotipos
exclusivamente para las acciones recogidas en el presente Convenio.
Decimotercera.
Causas de extinción.
El presente Convenio quedará extinguido cuando concurra alguna de las
circunstancias recogidas en el artículo 51, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, así como las siguientes causas de resolución no
previstas en el mismo artículo:
a) Mutuo acuerdo expreso entre las partes, sin que se deriven costes económicos
para ninguna de ellas.
b) Necesidades del Ministerio de Defensa o de la Universitat de València.
c) Solicitud de una de las partes.
La comunicación a la otra parte de la decisión de resolución del presente Convenio
se realizará mediante denuncia expresa por escrito con un mes de antelación a la fecha
de su efectividad. En todo caso, si mediada la notificación de rescisión algún alumno se
encontrase realizando prácticas, el Convenio seguirá efectivo hasta la finalización de las
mismas.
En cuanto a los efectos de la resolución del Convenio se estará a lo dispuesto en el
artículo 52 de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.
cve: BOE-A-2021-11433
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente Convenio en
dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha arriba indicada.–Por el
Ministerio de Defensa, la Subsecretaria de Defensa, María Amparo Valcarce García.–Por
la Universitat de València, la Rectora Magfca. de la Universitat de València, María
Vicenta Mestre Escrivá.