II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2021-11404)
Resolución de 30 de junio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Organismo Autónomo Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163

Viernes 9 de julio de 2021

Sec. II.B. Pág. 81901

3.2 Los funcionarios y las funcionarias con alguna discapacidad podrán pedir la
adaptación del puesto o de los puestos de trabajo correspondientes. A la solicitud se
deberá acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia, que
acredite la procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las
funciones que tenga atribuido el puesto o los puestos solicitados. La compatibilidad con
el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo se valorará teniendo en
cuenta las adaptaciones que se puedan realizar en él.
3.3 En el supuesto de estar interesadas en las vacantes que se anuncien en un
determinado concurso, para un mismo municipio, dos personas que reúnan los requisitos
exigidos, podrán condicionar todos o parte de los puestos que incluyen en sus
solicitudes, por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambas obtengan
destino en ese concurso en el mismo municipio, entendiéndose, en caso contrario,
anulada la petición de los puestos condicionados efectuada por ambas, quedando
vigente el resto de sus solicitudes.
Los funcionarios que se acojan a esta petición condicional deberán concretarlo en su
solicitud (anexo III) y acompañar fotocopia de la petición de la otra persona solicitante.
Cuarta. Baremo de valoración.
El presente concurso específico consta de dos fases. En la primera de ellas se
valorarán los méritos generales y, en la segunda, los méritos específicos adecuados a
las características de cada puesto.
Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de
presentación de instancias. Sin perjuicio de lo anterior, el certificado de méritos podrá
aportarse fuera del plazo de presentación de solicitudes, siempre que se aporte el
justificante de su solicitud formulada en plazo.
La adjudicación de destino exigirá que, como mínimo, el aspirante alcance una
puntuación total de todos los méritos reflejados en el presente baremo, de 30 puntos.
Para poder obtener un puesto de trabajo en el presente concurso habrá de
alcanzarse una valoración mínima de 20 puntos en la primera fase y de 10 puntos en la
segunda. Los participantes que en la primera fase no obtengan la puntuación mínima
exigida no podrán pasar a la segunda.
La valoración de los méritos se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo:
Primera fase.
1.

Méritos generales.

Valoración del grado personal consolidado.

El grado consolidado se valorará en sentido positivo, en función de su posición en el
intervalo correspondiente y en relación con el nivel de los puestos de trabajo ofrecidos
hasta un máximo de 10 puntos, según los siguientes criterios:

En este apartado se valorará, en su caso, el grado reconocido en otras
Administraciones Públicas o en la sociedad estatal de Correos y Telégrafos, en el Cuerpo
o Escala desde el que participa el funcionario o funcionaria, cuando se halle dentro del
intervalo de niveles establecido en el artículo 71.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, para el subgrupo de titulación en el que se encuentra clasificado el mismo.
En el supuesto de que el grado reconocido en el ámbito de otras Administraciones
Públicas o en la sociedad estatal de Correos y Telégrafos exceda del máximo
establecido en la Administración General del Estado, de acuerdo con el artículo 71 del
Reglamento mencionado en el apartado anterior, para el subgrupo de titulación a que

cve: BOE-A-2021-11404
Verificable en https://www.boe.es

– Por la posesión de un grado personal inferior al nivel del puesto solicitado: 6
puntos.
– Por la posesión de un grado personal igual al nivel del puesto solicitado: 8 puntos.
– Por la posesión de un grado personal superior al nivel del puesto solicitado: 10
puntos.